Adecuarían la legislación provincial al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley, iniciativa del diputado Víctor Scattareggia (UCR), que propone la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Civil Administrativo, con el fin de adecuar la legislación provincial ante la inminente vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado por la ley Nº 26.994.

De esta manera, se busca evitar que se presenten ciertas dificultades de carácter procesal a futuro que se vinculan con el ejercicio de los derechos de las personas en materias vinculadas con su aplicación.

Además, avanzar en la determinación de la competencia judicial ordinaria inherente a las acciones derivadas de esa responsabilidad especial, como asimismo fijar el ejercicio de las acciones en el marco procesal más adecuado a sus finalidades.

En este sentido, se focaliza que “entre los asuntos que entendemos necesarios ponderar y resolver, en razón de las reformas que introduce el nuevo Código, se encuentra el de las acciones derivadas de la responsabilidad del Estado, en cuanto corresponde a la Legislatura regular dicha materia por aplicación de los artículos 40 y 99 incisos 11 y 22 de la Constitución de Mendoza”, explican los fundamentos.

De esta manera, se propone que se incorpore el siguiente inciso al artículo 61 de la Ley 552 Orgánica del Poder Judicial:

 “6- Corresponde a los Jueces en lo Civil, Comercial y Minas conocer en las demandas por responsabilidad del Estado provincial, los municipios, entes autárquicos creados por la Constitución o leyes de la Provincia, y demás entes públicos estatales provinciales o municipales, no incluidas en el Código Procesal Administrativo (Ley 3918).”

Además, incorporar un inciso al artículo 210 del Código Procesal Civil, con las modificaciones introducidas por Ley 2637:

 “16- Cuando se ejerzan acciones por responsabilidad del Estado no incluidas en el Código Procesal Administrativo (Ley 3918).”

 

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