La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley, iniciativa del diputado Víctor Scattareggia (UCR), que propone la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Código Civil Administrativo, con el fin de adecuar la legislación provincial ante la inminente vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación, aprobado por la ley Nº 26.994.
De esta manera, se busca evitar que se presenten ciertas dificultades de carácter procesal a futuro que se vinculan con el ejercicio de los derechos de las personas en materias vinculadas con su aplicación.
Además, avanzar en la determinación de la competencia judicial ordinaria inherente a las acciones derivadas de esa responsabilidad especial, como asimismo fijar el ejercicio de las acciones en el marco procesal más adecuado a sus finalidades.
En este sentido, se focaliza que “entre los asuntos que entendemos necesarios ponderar y resolver, en razón de las reformas que introduce el nuevo Código, se encuentra el de las acciones derivadas de la responsabilidad del Estado, en cuanto corresponde a la Legislatura regular dicha materia por aplicación de los artículos 40 y 99 incisos 11 y 22 de la Constitución de Mendoza”, explican los fundamentos.
De esta manera, se propone que se incorpore el siguiente inciso al artículo 61 de la Ley 552 Orgánica del Poder Judicial:
“6- Corresponde a los Jueces en lo Civil, Comercial y Minas conocer en las demandas por responsabilidad del Estado provincial, los municipios, entes autárquicos creados por la Constitución o leyes de la Provincia, y demás entes públicos estatales provinciales o municipales, no incluidas en el Código Procesal Administrativo (Ley 3918).”
Además, incorporar un inciso al artículo 210 del Código Procesal Civil, con las modificaciones introducidas por Ley 2637:
“16- Cuando se ejerzan acciones por responsabilidad del Estado no incluidas en el Código Procesal Administrativo (Ley 3918).”