Promoción a los clubes de barrio y pueblo

Diputados convirtió en ley una iniciativa del senador justicialista Gustavo Arenas que establece la adhesión de la provincia a la Ley n° 27098, referida a la institución del “Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo” destacando su rol comunitario y social.

Destaca la norma, dentro del articulado, que se busca promover y fortalecer estas instituciones, mediante la asistencia y colaboración en su desarrollo.

Asimismo, la norma nacional detalla que el Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y de Pueblo está “destinado a la generación de inclusión social e integración colectiva a través de la promoción, fortalecimiento y desarrollo”.

Indica además que se define como clubes de barrio y de pueblo “a aquellas asociaciones de bien público constituidas legalmente como asociaciones civiles sin fines de lucro, que tengan por objeto el desarrollo de actividades deportivas no profesionales en todas sus modalidades y que faciliten sus instalaciones para la educación no formal, el fomento cultural de todos sus asociados y la comunidad a la que pertenecen y el respeto del ambiente, promoviendo los mecanismos de socialización que garanticen su cuidado y favorezcan su sustentabilidad”.

La legislación nacional, a la cual la provincia adhiere, establece también que las instituciones puedan inscribirse en el Registro Nacional de Clubes de Barrio y de Pueblo, obtener beneficios económicos para el desarrollo de sus actividades y, entre otras cosas, dispone que esas ayudas se destinarán a: mejorar las condiciones edilicias del club; adquirir insumos o materiales para desarrollar o potenciar actividades deportivas o culturales; contratar servicios para mejorar o facilitar el acceso; contratar recursos humanos para la instrucción de deportes o en actividades artísticas; establecer programas y estrategias de prevención primaria en materia de adicciones; etcétera.

Se destaca también que los clubes de barrio y de pueblo deberán procurar ajustes razonables a fin de adaptar sus instalaciones a las necesidades y accesibilidad de las personas con discapacidad, y asimismo realizar actividades deportivas, culturales, de esparcimiento y demás actividades que estén dentro de la esfera societaria, con el objeto de incluir a las personas con discapacidad.
 

 

Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704