Sistema de Protección Integral a Personas Trasplantadas

Diputados otorgó sanción inicial a una iniciativa de Silvia Ramos (PJ-FPV), por la cual la provincia de Mendoza adhiere a la Ley n° 26928, la cual instituye el Sistema de Protección Integral a favor de las Personas Trasplantadas.

La intención es que exista un régimen de protección para las personas que hayan recibido un trasplante inscriptos en el Registro Nacional de Procuración y Trasplante o se encuentren en lista de espera para trasplantes del Sistema Nacional de Procuración y Trasplante de la República Argentina (SINTRA) y con residencia permanente en el país.

El texto de la norma a la que se adhiere indica que “el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) en coordinación con los organismos jurisdiccionales de procuración y trasplante, extenderá un certificado - credencial cuya sola presentación sirve para acreditar la condición de beneficiario”.

Entre los beneficios que se destacan se observa que la autoridad de aplicación, el Ministerio de Salud, a través del organismo que corresponda, debe otorgar a los/as pacientes los pasajes de transporte terrestre o fluvial de pasajeros de jurisdicción nacional, en el trayecto que medie entre el domicilio de aquellas y cualquier destino al que deban concurrir por razones asistenciales debidamente acreditadas. La franquicia debe extenderse a un acompañante en caso de necesidad documentada.

Asimismo, se menciona que el empleador de una persona trasplantada tiene derecho al cómputo de una deducción especial en el Impuesto a las Ganancias equivalente al setenta por ciento (70%), en cada período fiscal, sobre las retribuciones que abone a estos trabajadores.

Finalmente, entre los puntos destacados del sistema de protección se expresa que “La autoridad de aplicación debe promover ante los organismos pertinentes, la adopción de planes y medidas que faciliten a las personas comprendidas en el artículo 1° de la presente ley, el acceso a una adecuada vivienda o su adaptación a las exigencias que su condición les demande”. 

 

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