PLASTICOS NO CONTAMINANTES

Incentivarán la fabricación y uso de plásticos no contaminantes
Diputados dio media sanción a un proyecto de ley de Roberto Blanco (PJ) por el cual se instituye el "Programa para la incentivación a la fabricación, comercio y uso de bolsas, embalajes y recipientes de plásticos no contaminantes y de características degradables", en la Provincia.
El programa será constituido de los siguientes componentes:
- Elaboración de estudios y análisis sobre volumen de consumo de los elementos mencionados, potencial de mercado y eventuales incentivos tributarios.
- Relevamiento de todas las variedades de materiales plásticos no contamiantes, que existan en el mercado.
- Acciones del Ejecutivo en conjunto con universidades, organismos de investigación y sectores de la iniciativa privada para la definición, desarrollo y ejecución de investigaciones y proyectos compatibles con los objetivos de esta ley y el incentivo para su elaboración.
- Orientación técnica para la industria y áreas de investigación y acción ambiental pertenecientes a los sectores estatal y privado.
- Informaciones generales a la sociedad sobre la viabilidad, impacto económico ambiental, ventajas, costos y otras cuestiones técnicas relacionada al uso de los plásticos degradables.
- Acciones de esclarecimiento público.
- Interacción entre profesionales de las diversas áreas técnicas y al público, tendiente al desarrollo e implementación del programa.
Además, deberá implantarse un sistema de comunicaciones entre las diversas áreas del Estado y de la iniciativa privada para asesoramiento e intercambio de información respecto del programa, teniendo en vista su planeamiento y ejecución. Asimismo, deberá crearse un programa de comunicación visual, oral y escrita apropiado para la divulgación y el incentivo para los objetivos del programa.
La ejecución del programa debe prever la implementación de acciones direccionadas a:
- La participación en actividades didácticas en escuelas de enseñanza primaria y secundaria, eventos de recreación y ocio en parques y centros de recreación de manera cultural, deportiva, artística y otras.
- La instrucción y entrenamiento sobre el programa que trata esta ley con variadas actividades profesionales, mediante la realización de asesoramientos, seminarios, ejercicios prácticos, exhibición de videos, publicación y distribución de folletos explicativos pertinentes.
- La generación de puestos de trabajo y actividades económicas sustentables, especialmente de cooperativas de producción de bolsas y envases no contaminantes, en función del programa.
El Ejecutivo reglamentará la implementación del programa en sus etapas. El Ministerio de Ambiente y Obras Públicas será la autoridad de aplicación

Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704