MODIFICACION LEY DE TRANSITO

Modificación a la
Ley de Tránsito

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de Luis Petri (CC), por el que se modifican diversos artículos de la Ley 6082 – de Tránsito y Transporte-.
El inciso a) del artículo 40, establece de acuerdo a esta propuesta, que los automotores deben tener los siguientes dispositivos mínimos de seguridad: correajes de tipo tres puntos de anclaje y apoyacabezas o dispositivos que los reemplacen, para todos los ocupantes de los asientos delanteros. Correajes de tipo
abdominal o de cintura, de dos puntos de anclaje, para todos los pasajeros de los asientos traseros, cualquiera sea  el número de filas de asientos que cuente el vehículo, sean automóviles, camionetas, rurales, camiones y vehículos similares, conforme lo establezca la reglamentación. La infracción a la norma se imputa al conductor o responsable del automotor.
Asimismo, se modifica el inciso j) del artículo 49, disponiéndose que para circular en automotor será necesario que todos los ocupantes del automóvil, camioneta, rural, camión o vehículos similares deben circular con el cinturón de seguridad colocado cualquiera sea la profesión u horario de circulación en la vía pública, exceptuado únicamente a bebés que deberán hacerlo con dispositivos especialmente adaptados para su condición y conforme lo determine la reglamentación.
Por otra parte, se modifica el artículo 107, que promueve que la acción por contravención prescribe a los 2 años para las faltas leves, 3 años para las faltas graves y 4 años para las faltas gravísimas y para sanciones, sobre las que opera aunque no se haya notificado la sentencia.
Esta media sanción, de convertirse en ley, comenzará a regir a los 180 días de su publicación, plazo en el cual el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Seguridad, deberá realizar una amplia campaña de difusión y concientización masiva respecto de la obligatoriedad de la colocación y utilización de los correajes de seguridad traseros

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