Diputados sancionó dos proyectos sobre autismo

La Cámara de Diputados dio sanción inicial a una iniciativa que adhiere a la ley nacional que “declara de interés el abordaje integral e interdisciplinario de las personas que presentan trastornos del espectro autista” y otra que estipula un protocolo para la atención.

La primera iniciativa, impulsada por el radical Gustavo Villegas, dispone la adecuación a un plan de acción establecido por la Organización Mundial de la Salud.

“En este plan de acción se incluyen las necesidades de las personas que se ven afectadas por Trastornos del Espectro del Autismo. Trastornos que día a día adquieren mayor relevancia en población mundial, y que en la práctica las personas que lo padecen y sus familiares, en su mayoría, no reciben prestación de los sistemas público de salud y bienestar social. Salvo programas privados con costos altísimos que son muy difíciles de afrontar por sus familias”, expresan los fundamentos de la iniciativa que fue aprobada por unanimidad.

El texto sancionado determina también que El Ministerio de Salud y los organismos comprometidos deberán contemplar en sus presupuestos anuales, el crédito necesario, para cubrir los gastos que establecería la normativa el cumplimiento de la normativa, en caso de convertirse en ley.

Pero además Diputados convirtió en ley un proyecto de autoría de Carina Segovia (FPV) que estipula la institución de un protocolo de atención a personas que padecen autismo.

La iniciativa fue presentada por la diputada cuando se desempeñaba como senadora y estipula “la implementación en la Provincia de Mendoza el Protocolo de Prevención y Detección Temprana de Trastornos de Espectro Autista con el objetivo de establecer parámetros uniformes que posibiliten la identificación temprana en niños y niñas a partir de dieciocho meses de edad”.

Además determina que “la aplicación del Protocolo de Prevención y Detección Temprana de Trastornos de Espectro Autista será obligatorio” y que “en ocasión de realizarse la primera vacunación obligatoria correspondiente al calendario anual a niños a partir de los dieciocho (18) meses de edad; o en la primera consulta médica, el Médico Pediatra o Médico de Familia deberá aplicar el cuestionario del Protocolo de Prevención y Detección Temprana de Trastornos de Espectro Autista (TEA)”.

Luego, según el texto, “los resultados del cuestionario quedarán registrados en la historia clínica del paciente y en la Libreta Sanitaria Infantil”, al tiempo que “los padres, tutores o representantes legales del niño recibirán un certificado con el resultado del cuestionario con la firma del profesional médico interviniente. La confección del certificado tipo estará a cargo del Ministerio de Salud” y luego “en caso de resultar necesario, atento a los resultados del cuestionario, el certificado entregado a padres, tutores o representantes legales del niño, incluirá la derivación a un especialista.

Además, la norma indica que el Ministerio de Salud “en un plazo de sesenta días a partir de la sanción de la presente ley capacitar a los profesionales respecto del contenido del Protocolo de Prevención y Detección Temprana de Trastornos de Espectro Autista.


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