Diputados homologó paritarias entre el Ejecutivo y estatales

Los acuerdos firmados por los gremios que representan a los empleados de Organismos de Control, guardaparques, judiciales y trabajadores de Juegos y Casinos lograron el aval parlamentario requerido.

Diputados homologó una serie de acuerdos paritarios logrados entre el Poder Ejecutivo y los gremios representantes de trabajadores Organismos de Control, guardaparques, judiciales y empleados de Juegos y Casinos.

Dichos convenios habían sido también aprobados en el Senado.

Se trata en primer lugar de la ratificación del decreto 684 que corresponde a lo firmado el 18 de mayo entre el Ejecutivo y los sindicatos ATE y APOC referido al incremento de sueldo y porcentajes en concepto de títulos, de los empleados que prestan funciones en los Órganos de Control de la Provincia por el cual las partes acuerdan un “aumento del Básico del 24% el cual se hará efectivo en dos tramos, el primer tramo desde el 1 de marzo (14%) y el segundo tramo desde el 1 de agosto (10%), no acumulable; incorporación parcial al básico del Código 1672 se acuerda la incorporación al Básico del 50% del código 1672, es decir la suma de $ 440,44 a partir del mes de marzo de 2016, con lo cual el Có- digo 1672 quedará en $ 440,44; incremento del 7% en los porcentajes que actualmente se liquidan en concepto de títulos, a partir del mes de marzo de 2016, quedando establecidos de la siguiente manera: el título universitario de 5 años pasa de 35 % a 37,45 %; el título universitario de 3 años pasa de 15 % a 16,05 %; el título secundario de 5 años pasa de 10 % a 10,70 %. Se establece por haber desarrollado esta negociación una cuota solidaria en favor de APOC y ATE por única vez, del 1,8 % de los haberes en bruto de los trabajadores no afilados. La misma será efectivizada en forma proporcional a cada entidad gremial, con las liquidaciones del mes de septiembre del corriente año”.

Además se ratificó la paritaria consensuada con los guardaparques a través del decreto 685 que especifica “incrementar el Básico y el adicional Guardaparques un 25%, en dos tramos, el cual se hará efectivo el 15% en marzo de 2016 y 10% en agosto de 2016, no acumulables. El premio correspondiente a la temporada 2015-2016 será abonado en planilla suplementaria del mes de junio del año 2016, con fecha tope al 25 de junio del corriente año. Tercero: Se establece por haber desarrollado esta negociación una cuota solidaria en favor de UPCN y ATE por única vez, del 1,8% de los haberes en bruto de los trabajadores no afilados. La misma será efectivizada en forma proporcional a cada entidad gremial, con las liquidaciones del mes de septiembre del corriente año”.

También fue ratificado el decreto 686 que determina “un incremento salarial a los agentes del Poder Judicial de la Provincia, comprendidos en el escalafón respectivo a las Clases ocho a veinticinco (08 a 25), desde el mes de marzo al mes de julio de 2016 inclusive del quince por ciento (15%) sobre la Asignación de la clase (Básico) y del diez por ciento (10%) desde el mes de agosto en adelante, siendo este último no acumulativo al del primer periodo enunciado. Determínese la inclusión en el salario de los agentes comprendidos en el artículo anterior un adicional remunerativo y no bonificable, denominado ‘Asistencia perfecta’, correspondiente al quince por ciento (15%) de lo que el agente perciba en concepto de presentismo y que será liquidado mensualmente a los agentes que cumplan con sus funciones todos los días há- biles del mes inmediato anterior. El pago del mismo será efectivo desde el mes de marzo del corriente año”.

Lo mismo sucedió con el decreto 687 referido a la paritaria de los empleados del Instituto de Juegos y Casinos que manifiesta “dispóngase un incremento salarial a la totalidad de los agentes del Instituto Provincial de Juegos y Casinos, comprendidos en el escalafón respectivo, desde el mes de marzo al mes de julio de 2016 inclusive del 11 por ciento (11%) sobre la Asignación de la clase (Básico) y del diez por ciento (10%) desde el mes de agosto en adelante, siendo este último no acumulativo al del primer periodo enunciado. Fíjese, para la Clase 06, el "Adicional 2019" (ex 077) en Pesos un mil trescientos cincuenta ($ 1.350). La modificación será efectiva desde el mes de marzo del corriente año. Artículo 3° - Increméntese el "Adicional Fallo de Caja", que perciben los cajeros con atención al público, el que será de Pesos un mil quinientos ($ 1.500) desde el mes de marzo de 2016 y de Pesos un mil ochocientos ($ 1.800) desde el mes de agosto de 2016. Fíjese el ‘Adicional Mantenimiento’ en Pesos un mil ochocientos ($ 1.800), el que será liquidado desde el mes de marzo del corriente año. Increméntese el ‘Adicional Nocturnidad’, el que a partir de marzo del año 2016, será equivalente al treinta y seis por ciento (36%) sobre la asignación de la Clase 09 del escalafón vigente. Dispóngase un incremento del diez por ciento (10%) en todos los adicionales por título que perciben los agentes del I.P.J. y C., según las condiciones fijadas en la normativa vigente, desde el mes de marzo de 2016. Artículo 7° - Increméntese en ‘Adicional Refrigerio’, el que desde el mes de marzo de 2016 será de Pesos seiscientos cincuenta ($ 650)”.


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