Suspenden ejecución de sentencias de deudores hipotecarios hasta el 31 de diciembre de 2017

 

La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley, iniciativa de la diputada Silvia Ramos (FPV), mediante el cual se suspende todo tipo de trámite de ejecución de sentencias que recaiga sobre las deudas hipotecarias cuyos titulares estén comprendidos por el artículo 2° de la Ley 8182- “Regularización de Deudas Hipotecarias”- hasta el 31 de diciembre del año 2017.

Estos deudores no estarán obligados a la realización de ningún trámite administrativo ante el Poder Ejecutivo o Judicial, mientras el primero lleva adelante las labores que le encomendara la ley anteriormente nombrada, ni la ausencia de ellos tomada como abuso o dilación mientras se sustancien las causas.

Al respecto, el artículo 2°, de la ley 8182, establece lo siguiente:

“Esta norma comprende a los deudores hipotecarios inscriptos en el Registro elaborado por el Poder Ejecutivo, el Movimiento de Defensa de la Vivienda Familiar y la Comisión de Seguimiento de Deudores Hipotecarios creada por Decreto N° 689/05, el cual abarca a los deudores de los ex Bancos de Mendoza y de Previsión Social cuyos mutuos se hallen en poder de Seguro de Depósito S.A. (SEDESA), y a todos los deudores del sistema financiero y/o privados, que se encuentren comprendidos en el mismo, según lo establecido en la Ley 8.005, que precede a la presente. Esta Ley es de orden público y su aplicación es, respecto a los deudores hipotecarios alcanzados, de cumplimiento obligatorio”.


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