Sanción inicial a Ecoparque

En Sesión Especial, Diputados dio media sanción al proyecto de Ecoparque que busca reemplazar al Zoológico de la provincia.

La iniciativa resultó aprobada con las mayorías necesarias. Votaron por la afirmativa los diputados de la UCR, PD y PRO; por la negativa el bloque del FIT, el FPV-PJ, y los legisladores Guillermo Pereyra (FR) y Julia Ortega (UCR). Estuvieron ausentes 4 legisladores (Alejandro Viadana, Silvia Ramos, Cristina Pérez y Leonardo Giacomelli).

Entre las prohibiciones y/o limitaciones a Ecoparque se establece la prohibición de compra/venta y canje de animales con otras instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras, y/o particulares. Agrega que “el Ecoparque sólo recibirá animales provenientes de los procedimientos de aplicación de las leyes de protección de fauna silvestre y animales que ingresen como planteles de cría de la fauna autóctona, cuya entrada esté enmarcada en programas de conservación”.

Por su parte, los animales domésticos y/o de corral que se encuentren en el predio al momento de promulgarse esta Ley, podrán ser donados, derivados o entregados en comodato a establecimientos públicos o privados que demuestren tener certificaciones de calidad y protocolos adecuados de manejo animal, o a particulares que aseguren la protección del bienestar animal y su tenencia responsable, de acuerdo a lo estipulado por legislación provincial.

Para el caso de los animales exóticos o autóctonos de otras zonas del país serán derivados, en la medida de lo posible, a lugares especializados que les provean mejor calidad de vida y un clima y hábitat acordes a las necesidades de su especie.

La norma establece la creación de la Dirección Ecoparque Mendoza y la Dirección de Parques y Paseos Públicos; las cuales estarán bajo la órbita de la Secretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial.

La primera, ejercerá su competencia en el área del actual Jardín Zoológico de la Provincia de Mendoza y tiene como objeto:

1)     Lograr una correcta gestión, administración y planificación ambiental del Ecoparque.

2)     Promover la protección de la flora y fauna autóctonas de Mendoza y Región Cuyo a través de programas de:

a.   Conservación e Investigación sobre las especies autóctonas de Mendoza y Región Cuyo

b.  Recepción, Rehabilitación y Derivación de fauna proveniente de procedimientos de aplicación de las leyes de protección de fauna.

3)     Promover la educación a los visitantes del lugar sobre el cuidado de la biodiversidad autóctona de Mendoza y Región Cuyo.

4)     Resguardar el patrimonio cultural existente en el predio.

5)     Utilizar los senderos del predio para mostrar las herramientas y tecnologías disponibles para el cuidado del ambiente y la preservación de los hábitats naturales de Mendoza.

6)     Promover el bienestar animal, el respeto por los criterios de observación no invasiva de la fauna presente en el predio y la protección de la flora presente en el predio.

7)     Promover la participación de los pueblos originarios en la educación hacia una cosmovisión de integración armónica con la naturaleza.

Por su parte, la Dirección de Parques y Paseos Públicos ejercerá su competencia dentro de los límites del Parque Gral. San Martín, Cerro de La Gloria, los espacios verdes correspondientes al Barrio Cívico, Parque Ecológico Avenida de Acceso Este y en aquellos que determine el Poder Ejecutivo para su administración, y tendrá como objeto:

1) lograr una correcta gestión, administración y planificación ambiental de los parques y paseos de su incumbencia;

2) preservar las especies de fauna y flora existentes;

3) conservar y mejorar la infraestructura (caminos, alumbrado, paseos), a fin de brindar un apropiado ámbito de recreación;

4) defender y conservar el patrimonio cultural existente;

5) realizar obras que coadyuven al mejoramiento de esta unidad ecológica

6) hacer cumplir las reglamentaciones correspondientes a las áreas ambientales urbanas protegidas.

Dentro del articulado, la norma fija además, principios generales tales como la protección y bienestar animal de acuerdo a estándares internacionales; la generación de conciencia pública a través de la educación en la conservación de la biodiversidad autóctona de Mendoza y la Región Cuyo y el desarrollo sustentable; la promoción de actividades de investigación científica en beneficio de la conservación de la fauna y flora autóctonas; y la generación de un espacio físico natural para la recreación y el esparcimiento de la sociedad.

Asimismo, la Dirección Ecoparque Mendoza deberá tener en cuenta lineamientos estratégicos y herramientas de política ambiental: Educación ambiental, aprovechamiento integral de los recursos hídricos; participación social y ciudadana; cooperación científica y técnica; gestión integral de residuos; promoción y educación acerca de los principios de bienestar animal; y el manejo integral de la flora del predio.

Tendrá como deberes y atribuciones realizar los actos que den cumplimiento a la Ley; elaborar y remitir al Consejo Consultivo de la Dirección de Ecoparque, el Plan Maestro de Ecoparque para su intervención; y elaborar proyectos, protocolos, procedimientos, programas o planes.

También podrá otorgar concesiones y permisos para el mantenimiento, desarrollo y explotación de los servicios que considere convenientes, y determinar la caducidad de las mismas por razones fundadas; ceder con o sin cargo, materiales y elementos que estuviesen en condiciones de rezago a organismos públicos o entidades de bien público; proponer cánones de explotación y en general, de toda otra actividad relativa a la competencia de esta Dirección, que podrán ser consultados con el Consejo Consultivo Ecoparque y que deberán ser aprobados por la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial; entre otras.

En relación al Consejo, la iniciativa establece que “será presidido por el Director de Ecoparque y estará constituido, además, por un representante de la Dirección de Recursos Naturales Renovables de la Provincia; cuatro representantes de las universidades e instituciones académicas, científicas o profesionales con incumbencia en materias ambientales, agronómicas, biológicas y veterinaria; cuatro representantes de las organizaciones, asociaciones y agrupaciones de la sociedad civil con objetos afines a los de la Dirección Ecoparque Mendoza; y un representante por los trabajadores.

Sus funciones serán, entre otras, las de elaborar y aprobar su reglamento interno de funcionamiento; emitir dictamen sobre el Plan Maestro; y sobre los informes finales de los proyectos, protocolos, procedimientos, programas o planes elaborados.  La función consultiva fijada no será vinculante y el dictamen deberá ser evacuado en el plazo de 15 días hábiles de requerido.

Se dispone además que la Dirección deberá elaborar y elevar al Consejo para su dictamen, el Plan Maestro del Ecoparque, que deberá contener información sobre el plan de manejo de la población animal permanente; plan forestal conforme los parámetros establecidos en la Ley 7874/08; plan de obras y refuncionalización del paseo; nueva estructura organizativa de acuerdo a los lineamientos estratégicos y al bienestar animal; planes de capacitación y un plan de financiamiento.

“Tendrá una vigencia de 3 (tres) años, pasados los cuales se procederá a su actualización, reformulación y elevación al CCE para su dictamen. El Plan podrá, asimismo, ser revisado y actualizado anualmente por la Dirección del Ecoparque”, indica la media sanción.

Se dispone también, la creación de un Fondo de Afectación Específica para la Dirección Ecoparque Mendoza, el que estará compuesto entre otros ítems, por los ingresos provenientes del cobro de entradas al Ecoparque Mendoza; las  subvenciones, aportes y transferencias de otras reparticiones; donaciones y legados de personas físicas y jurídicas, cuyo origen esté en armonía con los fundamentos de esta ley; los recursos provenientes de concesiones, multas, permisos, cánones o contraprestaciones por el uso del Ecoparque.

De igual forma, el Fondo de Afectación específica para la Dirección de Parques y Paseos Públicos,  estará compuesto en parte, por las contribuciones del Estado provincial para la instrumentación y ejecución de programas provinciales en lo referido a parques; los recursos provenientes de concesiones, multas, permisos, canon o contraprestaciones por el uso del parque y cualquier otro tipo de ingresos; lo recaudado por la cesión con cargo de materiales y elementos que estuviesen en condiciones de rezago a organismos públicos o entidades de bien público, de acuerdo a la legislación vigente.

Otras disposiciones previstas en esta media sanción, hacen referencia a que todo el personal que actualmente cumple funciones en la Administración de Parques y Zoológicos, que por la presente se suprime, podrá ser asignado a cualquiera de las dos Direcciones creadas o a otro destino dentro del Estado Provincial, quedando facultada para ello la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, sin que la misma implique modificación de su situación de revista como efectivo, interino, transitorio, licenciado o cualquier otra circunstancia en que se encuentren los agentes en la dependencia anterior, ni el régimen remunerativo preexistente.

Debate

 

Al hacer uso de la palabra, el miembro informante del oficialismo fue el diputado Omar Sorroche (UCR), quien señaló que “estamos ante un hecho histórico ya que este proyecto de Ley tiende a humanizar el trato que hemos tenido como sociedad con respecto a los animales en cautiverio”.

Además, destacó el trabajo realizado desde el 2014 por la comisión de Ambiente de la Cámara Baja, con la presencia de distintos organismos, profesionales y científicos que han realizados sus aportes y que “termina con este despacho”, que corresponde “a una sociedad mendocina que está pidiendo un  cambio de paradigma” con respecto a cómo tratamos a los animales.

Es por ello que “el Zoológico debe adecuarse a las nuevas épocas”, con énfasis en “la conciencia sobre el bienestar de los animales, el ambiente y repensar el vinculo hacia la flora y la fauna”, subrayó el diputado.

Asimismo, Sorroche explicó que “este proyecto es una transformación del zoológico de Mendoza hacia un órgano que responda a las expectativas y a la vez conserve el patrimonio natural y cultural como así también valorice el posicionamiento a nivel turístico”.

Si bien reconoció la labor de los trabajadores en mejorar la situación, recalcó la necesidad de “medidas más profundas, que el mero reacondicionamiento del recinto”, ya que “la tendencia mundial impone una realidad que no coincide con la realidad del paseo, mejorar la vida de los animales, ética ambiental y el no sufrimiento de la vida animal”.

Por su parte, Héctor Fresina y Macarena Escudero (FIT), manifestaron su voto negativo, debido a que por un lado “no garantiza el trabajo de los empleados” y por otro, lo consideran “un hecho de lucro”, que “remata el patrimonio mendocino”.

Además, expresaron su preocupación acerca del destino de los animales exóticos, cómo también que no se explicita los estándares de cómo va a ser el tratamiento de la flora y fauna autóctona.

A continuación, José Muñoz (FPV), expresó que “no vamos a acompañar porque evaluamos que no se han incorporado en su totalidad las modificaciones que nosotros considerábamos necesarias”, aunque reconoció el trabajo realizado por la comisión que preside.

Para el diputado, “el principal problema es la inconsistencia técnica y científica”, que fue manifestado por los científicos y especialistas en las reuniones, que señalaron que este proyecto no plantea una “modificación” o “reestructura”, sino “que el Ecoparque lleva al cierre del Zoológico”.

En el mismo sentido, Guillermo Pereyra (FR) señaló su voto negativo, debido a que no se tuvieron en cuenta las opiniones de los especialistas, y planteó dudas respecto de la situación de los trabajadores.

 


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