PENSION MALVINAS

Pensión Social  Malvinas Argentinas
La Cámara de Diputados aprobó con media sanción un proyecto de ley del diputado Rubén Lázaro (UCR), mediante el cual se modifica el inciso a) del artículo 2º (segundo) de la Ley 7677, el que queda redactado de la siguiente manera: “Que los beneficiarios fuesen naturales de la provincia de Mendoza, o que se encuentren en la actualidad resididendo en forma ininterrumpida en ella, cuya prueba será el padrón electoral vigente, y que acrediten en forma fehaciente que no perciben pensión o beneficio social de iguales características en sus respectivos provincias de origen. A este efecto no serán tenidas en cuenta las pensiones o beneficios otorgados por el Estado Nacional. Quedan incluidos el personal en situación de retiro de las Fuerzas Armadas o de Seguridad”.

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