Es Ley el Régimen de Concursos para el sector público

La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de ley, venido en revisión del Senado, que establece un Régimen de Concursos que será de aplicación para los agentes comprendidos en el Escalafón General establecido para el Personal de la Administración Pública Provincial- Ley Nº 5126- y aquellos agentes que no estén comprendidos en otros regímenes de concursos especiales.

La votación fue nominal con 24 votos positivos, 18 negativos y 6 ausentes. Los bloques del PJ y del FIT no apoyaron la iniciativa.

A través de esta norma se establece que el ingreso del personal a planta permanente efectiva, como también la promoción a clases de carácter efectivo, se producirá mediante el sistema de concursos, respetando los principios de igualdad de oportunidades, publicidad, transparencia e igualdad de trato por razones de sexo y discapacidad.

Asimismo, se realiza una especificación entre los concursos serán cerrados o abiertos, de antecedentes y oposición. Los cuales serán siempre públicos y con plena difusión anterior y posterior a su realización.

En este sentido, la norma establece que el concurso será cerrado cuando se disponga la cobertura de cargos vacantes con clase superior a la inicial de cada Agrupamiento del Escalafón, donde podrán participar todos los agentes de la Administración Pública, cualquiera sea su situación de revista, permanente, temporaria o interina, siempre que reúnan los requisitos exigidos para el mismo.

El concurso será abierto cuando se disponga la cobertura de cargos nuevos o vacantes correspondientes a la clase o nivel inicial de cada agrupamiento, como así también en los casos en que resultare desierto o fracasado el concurso cerrado. Podrán participar, además de los agentes estatales, toda persona ajena a la Administración Pública que reúna los requisitos exigidos para el cargo concursado y para el ingreso a la función pública.

Los Concursos de Antecedentes y Oposición contemplarán como exigencias mínimas: evaluación objetiva de antecedentes, experiencia relacionada con la función y examen de conocimientos técnicos de la especialidad. Los postulantes deberán, en la etapa procedimental oportuna, acreditar la aptitud psicofísica como recaudo de ingreso a la Administración Pública.

El examen de aptitud psicofísica comprenderá estudios médicos que permitan concluir que el aspirante está apto para desarrollar la función a la que pretende acceder, expedido por autoridad sanitaria oficial y una evaluación ante la Comisión de Evaluación Aptitudinal, a través de la cual se determinará la aptitud psíquica del aspirante respecto del cargo al que pretende acceder.

Homologación Paritaria

Asimismo, se ratificó el Decreto por el cual se homologa el Acta Acuerdo que consiste en modificar la Ley Nº 7970 sobre Régimen de Concursos que se ha elaborado y consensuado por las partes firmantes en el ámbito de la subcomisión paritaria, el que como anexo forma parte.


Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704