Autorizan por Ley al IPV a afectar fondos recuperados y a suspender ejecución de sentencias sobre deudas hipotecarias

La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de Ley venido en segunda revisión del Senado, por el cual se autoriza al Instituto Provincial de la Vivienda a afectar los fondos recuperados que surgen de la aplicación de lo dispuesto en el Decreto 1884/12, para el recupero de los créditos que aún no se hayan realizado y se encuentren en situación de hacerlo.

Además, la Ley que fuera impulsada por el diputado Omar Parisi (PJ), autoriza también al Poder Ejecutivo a disponer de todos los fondos necesarios para la recuperación de créditos hipotecarios, en tanto que el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía con el asesoramiento de Movimiento en Defensa de la Vivienda Familiar (MODEVIFA) y la Comisión de Seguimiento de Deudores Hipotecarios, establecerán el listado de nuevos beneficiarios.

Asimismo, por esta normativa, se suspende todo trámite de ejecución de sentencias que recaiga sobre las deudas hipotecarias, “cuyos titulares estén comprendidos por el Artículo 2° de la Ley 8.182”, hasta el 31 de diciembre de 2018.


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