Diputados analizó el proyecto para expropiar el predio del control sanitario de San José

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside el diputado Jorge Albarracín (UCR), recibió al titular del ISCAMEN, Alejandro Molero, para informar sobre el expediente de expropiación del predio donde se encuentra instalado el puesto de control sanitario denominado San José, perteneciente al instituto en Las Heras.
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Alejandro Molero indicó que “el ISCAMEN tiene dos barreras sanitarias importantes el de Arco Desaguadero y el de San José en el límite con San Juan, por lo tanto esta expropiación es importante”.

El terreno donde está el puesto fue recibido en comodato por la provincia para la construcción del mismo y fue durante la gestión de Celso Jaque que se presentó el proyecto para expropiarlo.

Por su parte el diputado Albarracín  indicó que “hubo acuerdo en la comisión con respecto  a toda la expropiación del terreno que es de aproximadamente una hectárea, porque permitirá dotarlo de mayor infraestructura, porque al no ser el titular del terreno al tenerlo en comodato, no se puede acceder a las mejoras o a créditos y ese lugar lo necesita. Todos estuvieron de acuerdo de la importancia que tiene el puesto sanitario y seguramente en una semana estará el despacho listo para su tratamiento”.

El  predio en el cual se encuentra instalado el puesto de control sanitario denominado "San José" perteneciente al Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (I.S.C.A.Men.), ubicado al oeste de la Ruta Nacional N° 40 Norte, Km. 77 y el sujeto expropiante será el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (I.S.C.A.Men.), el cual individualizará los bienes suficientes y necesarios, con referencia a planos descriptivos, informes técnicos, estudio de títulos y todo otro elemento para la determinación del predio sujeto a expropiación.
El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley será imputado a la cuenta "Bienes Preexistentes-Terrenos" del Presupuesto vigente, facultando al Poder Ejecutivo a incrementar la partida presupuestaria en caso que resultara insuficiente el crédito existente para satisfacer la indemnización correspondiente.


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