Mendoza adhiere a la Ley de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno

La Cámara de Diputados dio media sanción 

“Artículo 1º - Adhiérase a la Ley Nacional N° 25.917 modificada por la Ley N° 27.428 de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno.”

Cabe recordar que en el Consenso Fiscal celebrado el día 16 de noviembre de 2017, aprobado por Ley Nacional N° 27.429 y Ley Provincial Nº 9.045, los firmantes se comprometieron a adherir al Régimen Federal de Responsabilidad  Fiscal antes del 30 de junio de 2018.

La adhesión al Régimen Nacional resulta de especial importancia dado que los principios incorporados a través de las modificaciones apuntadas se traducen en una plataforma de institucionalización de un Régimen Federal estable y transparente, con el objetivo final de favorecer el ordenamiento de las cuentas públicas, en vistas de alcanzar el equilibrio fiscal

Según se expresa en los fundamentos de la norma “estos principios constituyen el cimiento del nuevo Régimen Federal Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno. Redundan en su fortalecimiento institucional, que requiere del indispensable funcionamiento de un organismo federal, fuerte e independiente para la implementación y cumplimiento de las reglas fiscales.

Además, uno de sus pilares refiere al principio de la transparencia y simplicidad de las reglas, cobrando relevancia la mayor frecuencia en la difusión de la información, procurando la utilización de un lenguaje sencillo que alcance al ciudadano común.

Los lineamientos de la norma representan los principios y reglas básicos del nuevo régimen, los cuales  se detallan a continuación:

1) Reorganización del sistema de información fiscal: Diseñado conforme las herramientas que brindan las nuevas tecnologías, con el objetivo de generar una mayor frecuencia en la difusión de la información relevada por el Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal, mediante la agilización del proceso de elaboración y validación de dicha información fiscal.

2) Reglas simples y directas: Se establece un esquema de reglas simples y mecanismos de incentivo para las jurisdicciones que alcancen las metas de reducción de déficit y de convergencia al equilibrio presupuestario. Se define que el gasto corriente primario debe permanecer constante en términos reales. Se aplica la misma regla para el gasto primario total cuando no se cumpla con el ratio de endeudamiento del artículo 21º de la LRF y/o el resultado corriente primario sea deficitario. Estas reglas se aplicarán hasta que las jurisdicciones alcancen el equilibrio presupuestario. Además, se establece la regla por la cual el empleo público debe seguir el crecimiento de la población, y la regla sobre carga tributaria legal. Esta pauta implica el compromiso de corregir la carga tributaria distorsiva más significativa sobre la actividad económica, que no implique comprometer la sostenibilidad de las finanzas públicas.

3) Reglas de fin de mandato: Como principio relevante se acordó aplicar reglas de fin de mandato, mediante las cuales se restringe durante los últimos seis meses de gestión el incremento del gasto primario corriente, con la excepción del generado en políticas que trascienden la gestión del gobierno. La regla restringe, además, la donación y venta de bienes del Estado.


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