La limitación a la cantidad de tragamonedas instaladas en la provincia obtuvo media sanción

Asimismo, el proyecto prohíbe  ampliar en metros cuadrados el espacio físico de los casinos que a la fecha de sanción de la presente ley cuenten con habilitación para funcionar.

Se designa  como autoridad de aplicación de la presente ley al Instituto Provincial de Juegos y Casinos. Dentro de las atribuciones de dicho organismo, se encomienda  el relevamiento del actual parque de máquinas de la Provincia y se le otorga, además, facultad de contralor sobre lo dispuesto.

Según se señala en la norma el incumplimiento de lo dispuesto provocará las siguientes sanciones:

A) Multas desde el 1% y hasta el 20% de la recaudación promedio mensual de la sala de juego incumplidora.

b) Suspensión de hasta 30 días de las salas de juegos en aquellos casos en que se  incrementare el número de maquinas habilitadas o se produjeran ampliaciones del espacio físico.

c) En el supuesto de reincidir en las conductas previstas en los dos incisos anteriores, la autoridad de aplicación estará facultad para revocar el permiso y la habilitación de la sala de juego.


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