Sanción inicial al contrato de compra venta de productos agrícolas

La Cámara de Diputados otorgó sanción inicial a un proyecto del diputado Ricardo Mansur (UCR) que establece la realización de un contrato (con registración obligatoria) de compra venta de productos agrícolas, cuyo uso o destino final sea su entrega a establecimientos agroindustriales. A este efecto, funcionará, en el ámbito del Ministerio de Economía, el “Registro de Contratos de Compra Venta de Productos Agrícolas”. La cartera económica será la autoridad de aplicación.
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El expediente de Mansur establecía que el contrato fuese de compra venta de uvas, aunque luego de recibir los aportes del Ministerio de Economía y de diferentes instituciones y productores de la provincia, junto al trabajo realizado en comisiones, se hizo extensivo el contrato a los productos agrícolas con ese destino. Para el caso de la uva, la norma prevé la implementación instantánea, y para los otros productos será de manera paulatina.

El articulado de la norma indica que “la inscripción de los respectivos contratos deberá realizarla el establecimiento receptor obligatoriamente antes del primer ingreso de materia prima al mismo, momento en el que se asignará un Número de Registro de Contrato”.

A su vez, aclara que “los convenios de compra venta celebrados en el marco de esta ley, deberán establecer como mínimo: precios, formas de pago, calidad del producto y la cláusula de ajuste, la que será obligatoria para el caso de los contratos cuyos plazos de pago superen los noventa (90) días contados desde la entrega del producto”.

Asimismo, el número de registro de contrato deberá constar en los certificados de ingreso de materia prima al establecimiento. Si hay variaciones en la calidad del producto (respecto al contratado) deberán detallarse fehacientemente en ese certificado. Para modificar las condiciones previstas en el contrato, deberá existir acuerdo de ambas partes y notificación al Registro.

Por otra parte, se indica que “un mes antes del inicio de la cosecha de cada producto agrícola, la autoridad de aplicación publicará por medios de alcance general, un informe sobre costos de producción para los distintos modelos tecnológicos”, permitiendo realizar convenios con organismos para la realización del informe.

Para el caso de los incumplimientos, se establecen sanciones. Así, los establecimientos que omitan inscripción de contratos serán sancionados con multas del 5% del valor acordado en el contrato cuya inscripción se omitió. También podrá disponerse la clausura del establecimiento incumplidor, en caso de reincidencia. Respecto de la uva, se prevé además la sanción de inmovilización de vinos y/o paralización de trámites administrativos.

El Registro de Contratos de Compra Venta de Productos Agrícolas expedirá certificados de antecedentes a quienes lo soliciten. Además, la media sanción establece también que los establecimientos que registren incumplimientos (o tengan sentencia condenatoria) no podrán acceder a subsidios, créditos de fomento, y/o beneficios que provengan de fondos públicos provinciales por un plazo de 3 años desde que se aplica la sanción.

En otro orden, la norma establece que “los productores, en su primera presentación tendrán opción a requerir que la causa se radique ante el juez competente de su domicilio, siendo nula toda cláusula de renuncia a esa facultad”.

También aclara que los productores gozarán del beneficio de litigar sin gastos desde su primera presentación y sin necesidad de trámite alguno. Este se constituyó como el artículo 10 de la ley, el cual fue votado en contra por el bloque del PRO y FIT.

Finalmente, en caso de controversias, se establecerá un proceso de mediación obligatoria y previa a la instancia judicial, a la que deben recurrir las partes.

Debate

La norma obtuvo media sanción con los votos de todos los diputados, excepto el bloque de Unidad Ciudadana que solicitó autorización para abstenerse. En tanto, los bloques del PRO y FIT votaron de manera negativa el artículo 10.

Quienes hicieron uso de la palabra resaltaron que esta norma se traduce en una herramienta jurídica que brinda protección a los productores. Ricardo Mansur (UCR) indicó que con esta iniciativa “el productor tendrá un elemento legal para reclamar por el precio, venta, elaboración y plazos para poder cobrar su producto”, y que la norma se dirige a favor de los productores y contra la posición dominante de una de las partes.

El legislador radical destacó el consenso que se alcanzó por el trabajo realizado en comisiones y sintetizó “creo que este convenio, esta ley, va a ser de mucha utilidad”.

Desde el PJ, Carina Segovia sostuvo que “este proyecto viene a paliar un reclamo de muchos productores de la provincia de Mendoza”, aunque hay que dar solución también a otros problemas de la vitivinicultura. Agregó que valoraba el trabajo realizado por la comisión recorriendo la provincia porque “se escuchó a todos los actores involucrados”.

A su turno, Marcos Niven (PD), ponderó también el trabajo de la comisión e indicó que “creo que viene a llenar un espacio vacío. Viene a defender, a los productores, de abusos”. Esta iniciativa permite que “el productor lo que arregla de palabra lo tenga en un documento”, justificó.

Mario Vadillo, de Protectora, indicó que “apoyamos la ley. Creemos que es beneficioso para que nos interesemos por la salud económica de nuestros productores”.

Desde Unidad Ciudadana, Jorge Tanús solicitó autorización para la abstención de los integrantes de su bloque en la votación.

Por su parte, los bloques del FIT y PRO acompañaron la iniciativa a excepción del artículo 10 (referido al litigio sin gastos).

 


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