Prosigue el análisis del proyecto que regula el deporte motor en la provincia

Los integrantes de la 

En esta ocasión recibieron al Director de Personería Jurídica, Sebastián Soneira,  quien sugirió algunos cambios a la norma. Sostuvo que “habría que excluir la participación de las federaciones en la Comisión Deportiva de Automovilismo y Motociclismo (C.D.A.M.) fundado en el principio de libre asociativismo  y también la vigencia del certificado que se le requiere a los organizadores de los eventos deportivos que no sea superior al año”.

Asimismo el funcionario provincial al ser consultado por la inclusión de las entidades en la Comisión Deportiva, indicó que “en opinión de la Dirección de Personería Jurídicas no, solamente debería estar integrada por los entes gubernamentales que la misma comisión decida. Actualmente hay un representante del Ministerio de Gobierno, de Deportes, de Vialidad, de Recursos Naturales y del Ministerio de Seguridad, esa composición puede disminuirse incluso para quienes realmente están ejerciendo este control que es la Subsecretaría de Deportes”.

En este punto la norma  presentada por la diputada Casado  establece que “la Comisión Deportiva de Automovilismo y Motociclismo (C.D.A.M.), como autoridad de aplicación de la presente ley, será un organismo desconcentrado de la Subsecretaría de Deportes de la Provincia de Mendoza, que estará compuesto por un (1) presidente, un (1) vicepresidente y cinco (5) vocales.

El cargo de Presidente será ejercido por el representante designado por la Subsecretaría de Deportes del Gobierno de Mendoza u organismo que lo remplace, y durará en sus funciones dos (2) años, pudiendo ser reelegido”.

El vicepresidente y los vocales serán designados: uno (1) por el Ministerio de Trabajo, Justicia y Gobierno; uno (1) por la Dirección Provincial de Vialidad; uno (1) por la Dirección de Recursos Naturales Renovables; uno (1) por el Ministerio de Seguridad; uno (1) por la entidad deportiva de mayor grado en la Provincia de Mendoza que correspondan al automovilismo, reconocida por la entidad nacional respectiva, que ostente el reconocimiento de la entidad internacional que rijan dichas disciplinas deportivas, y que se encuentren autorizadas a funcionar por la Dirección de Personas Jurídicas; y uno (1) por la entidad deportiva de mayor grado en la Provincia de Mendoza que correspondan al motociclismo, reconocida por la entidad nacional respectiva, que ostente el reconocimiento de la entidad internacional que rijan dichas disciplinas deportivas, y que se encuentren autorizadas a funcionar por la Dirección de Personas Jurídicas”.

Por su parte el diputado Pablo Cairo, al término de la reunión sostuvo que los aportes realizados por Sebastián Soneira “han sido muy importantes porque nos va a permitir mejorar la norma y rescatamos lo referido a las tasas que tendrían que pagar quienes organizan este tipo de eventos, como administrarlas. Seguimos estudiando más la base, creemos que hay un vacío y se pueden blanquear con este proyecto de ley”.

Prensa diciembre 4 – Turismo y Deportes con Personas Jurídicas


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