La Cámara de Diputados convirtió en Ley el proyecto del Poder Ejecutivo por el cual se dispone de un régimen legal especial que permitirá a la provincia disponer de las parcelas existentes en el Parque Industrial Provincial (PIP).
El Ejecutivo podrá arrendar o vender las mismas a precio de fomento, con destino a la instalación de establecimientos industriales. Queda igualmente facultado a otorgar el uso, por lapso no mayor a cinco (5) años, de modo gratuito y oneroso con iguales fines.
El diputado Jorge Albarracín (UCR) explicó que “Mediante Dictamen N° 577/18, Asesoría de Gobierno opinó que la Ley N° 8706 ha derogado el Decreto - Ley N° 4227/77 que creó el Parque Industrial Provincial (PIP), en lo relativo a la forma de efectuar la transferencia de las fracciones no operadas a la fecha de entrada en vigencia de la Ley N° 8706, debiendo en caso de pretender la exención, emitir una Ley que disponga la excepción a dicha Ley, en lo referido a la transferencia”.
El artículo I de la Ley aprobada dice textualmente: ”Exceptúese la baja de fracciones de terreno dentro del Parque Industrial Provincial creado por Decreto Ley Nº 4227/77 de la formalidad dispuesta por el Artículo 127 de la Ley Nº 8706, facultándose al Poder Ejecutivo para arrendar o vender las mismas a precio de fomento, con destino a la instalación de establecimientos industriales. Queda igualmente facultado a otorgar el uso, por lapso no mayor a cinco (5) años, de modo gratuito y oneroso con iguales fines”.
Por esta norma se faculta además al Poder Ejecutivo a establecer los requisitos y las formalidades que se deberán cumplir en forma previa al arrendamiento, venta o uso de las fracciones de terrenos.