Según explicó en el recinto el diputado Jorge Albarracín (UCR), titular de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, “la Ley 8998 autorizaba al Poder Ejecutivo a la enajenación en subasta pública de unos terrenos en Agrelo. La Municipalidad de Luján, inicia el proceso de subasta” pero “mediante ordenanza, hace una zonificación y destina esos espacios a una zona de educación ´pública, investigación y desarrollo”.
“La subasta no se puede realizar porque es una afectación de dominio que no estaba contemplada en los edictos, y en consecuencia, posteriormente, se hace un convenio entre el Ministerio de Gobierno y la Municipalidad d Luján, por el cual se le vende esos terrenos a la Municipalidad para que, conforme a la ordenanza que establece la educación, y desarrollo agrícola en la zona, se le de un destino específico”, agregó.
“La ordenanza lo que busca es que no se vendan” esos terrenos sino que “se utilicen a esos fines”, detalló, y expuso que el convenio en cuestión prevé el traslado de lo que hoy es el INTA (ubicado en Drummond) a ese predio. “Son aproximadamente 70 hectáreas y en el convenio se establecen ciertas condiciones como que el Municipio tiene que destinarlo a esos fines y si llegara a destinarlo a otros, opera la cláusula resolutoria y eso vuelve sin costo a la provincia”.