Modifican Ley que regula la Caja de Jubilaciones y Pensiones de abogados y procuradores

La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de Ley venido en revisión del Senado, mediante el cual se incorpora un artículo a la Ley 5059, que regula la Caja de Jubilaciones y Pensiones de abogados y procuradores.

 

Se trata del artículo 54 bis, que establecerá: “Los abogados alcanzados por las incompatibilidades del Art. 27 de la Ley Nº 4976, podrán realizar los aportes correspondientes a la Caja, durante el tiempo en que persista dicha incompatibilidad, de modo tal que éstos se computen a efectos de otorgárseles los respectivos beneficios dispuestos en la presente norma."

 

Según señala el autor en los fundamentos de la iniciativa, el senador Marcelo Rubio (UCR), “no existe fundamento razonable para que los abogados que ejercen funciones públicas transitorias, motivo por el que resulta incompatible el ejercicio de su profesión en el fuero, no puedan realizar –si es que así lo desean– los aportes correspondientes a la Caja Forense de la Provincia de Mendoza”.

 

En tal sentido, sostiene que “debe quedar en claro que, el acceso a los derechos jubilatorios no deben verse frustrados por la posibilidad del ejercicio transitorio de algún cargo público enumerado en la Ley 4.976. Es decir, la incompatibilidad de funciones apunta solamente al ejercicio de la profesión, siendo totalmente viable el aporte a la Caja conforme los procedimientos ordinarios que la misma tuviere previstos”.


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