Nueva Ley de Ministerios

La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de Ley venido en revisión del Senado, por el cual se establece una nueva estructura ministerial de conformidad con lo dispuesto por el artículo 131 de la Constitución provincial.

La Ley aprobada hoy, establece que el Poder Ejecutivo tendrá siete Ministerios - Gobierno, Trabajo y Justicia; Seguridad; Hacienda y Finanzas; Economía y Energía; Planificación e Infraestructura Pública; Salud, Desarrollo Social y Deportes; de Cultura y Turismo -, en tanto que asistirán  además al Gobernador en su gestión institucional y administrativa, las Secretarías de Ambiente y Ordenamiento Territorial y de Servicios Públicos, ambas con rango ministerial.

De esta manera, se divide en dos el hasta ahora Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía y se fusionan las áreas de Turismo y Cultura.

Como competencias generales de cada área, la Ley dispone que el Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, tendrá a su cargo la "coordinación y ejecución de las políticas del trabajo, de la actividad política y de las relaciones institucionales del Poder Ejecutivo Provincial, y su vinculación con el Poder Judicial, el despacho administrativo de todos los asuntos del Gobernador de la Provincia y la planificación y diseño de las políticas de gestión pública".

El Ministerio de Seguridad, se encargará de "la planificación, coordinación, organización, ejecución y control de la política de seguridad pública de la Provincia, en orden a la protección de la vida, la libertad, los derechos y los bienes de los habitantes de la Provincia", mientras que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, de "todo lo referido a la administración financiera y tributaria del Estado". Se relacionarán con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, el Instituto Provincial de Juegos y Casinos; la Caja de Seguro Mutual; ATM y la Unidad de Financiamiento Internacional.

Por otra parte, el Ministerio de Economía y Energía, tendrá como competencias generales la "formulación de las políticas y la ejecución de las acciones de gobierno para la industrialización del sector productivo, la corrección de asimetrías de la economía provincial, la diversificación de su matriz productiva, la promoción, desarrollo y control de las actividades productivas promoviendo la búsqueda de mercados para la producción provincial, la búsqueda del financiamiento para el desarrollo armónico sustentable, equilibrado y equitativo de los distintos sectores y regiones económicas de la Provincia".

También, "entender en el diseño, planificación y ejecución de la política hidrocarburífera, minera y energética de la Provincia, proveyendo a un desarrollo y explotación de las fuentes de energía en forma sustentable".

De esta cartera dependerán el ISCAMen; el Fondo de Financiamiento de Inversiones Privadas para la Transformación y el Crecimiento Socio-Económico de la Provincia de Mendoza; E.M.E.S.A.; Aeronáutica de Mendoza Sociedad Anónima (AEMSA); Dioxitek S.A.; el IDR; el Instituto de Desarrollo Comercial (IDC) y ProMendoza.

En cuanto al Ministerio de Planificación e Infraestructura Pública, se ocupará de la "planificación, programación, ejecución y conservación de la obra pública y la infraestructura pública de carácter social en todo el territorio provincial". De esta área dependerán la Dirección Provincial de Vialidad; el Departamento General de Irrigación y el IPV.

Para el Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes, la Ley establece que se ocupará de "crear las condiciones necesarias para la promoción, prevención, protección, recuperación, asistencia y rehabilitación de la salud", como así también "promover las condiciones que permitan, a los individuos, familias y comunidades alcanzar su realización"  y "una correcta integración social,  en un marco de derechos y equidad territorial", como también "fomentar, apoyar y controlar el desarrollo de las prácticas deportivas con criterios de inclusión y equidad".

La OSEP; la Dirección General de Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y los Hospitales Públicos descentralizados, serán organismos dependientes de esta cartera.

Finalmente, el Ministerio de Cultura y Turismo será el encargado de "la planificación, ejecución, seguimiento y evaluación de la política turística y cultural de la Provincia, articulando los intereses de los distintos sectores de la sociedad desde una concepción pluralista y democrática, sustentándose en la reafirmación de la identidad mendocina proyectada al mundo. Se ocupará además, especialmente, de desarrollar el turismo cultural como herramienta para generar nuevos empleos."

En tal sentido, este Ministerio "subsumirá las atribuciones de la hoy Secretaría de Cultura; y, por el otro,  la reforma de la Ley Nº 8845/16 -creadora del Ente Mendoza Turismo- a los efectos de establecer su vinculación con el Poder Ejecutivo a través de dicho Ministerio", señalan los fundamentos del proyecto..

En lo concerniente a las Secretarías, dispone que los  Secretarios tendrán rango y jerarquía de Ministerio, dependerán directamente del Gobernador de la Provincia y participarán de las reuniones de Gabinete.

En líneas generales, la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial, tendrá a su cargo "planificar, gestionar y ejecutar las políticas tendientes a promover un uso y explotación de la tierra y de los recursos naturales de Mendoza con una función social y sustentable en términos ambientales, reforzando el rol del Estado como ordenador, regulador y promotor del bien común", mientras que la de Servicios Públicos, " el planeamiento, coordinación, la fiscalización, el contralor de la prestación de los servicios de transporte, energía, agua potable y saneamiento urbano y rural, sanitarios: concesiones materiales y técnicas".

De esta última, dependerán el EPAS; la Sociedad de Trasporte de Mendoza (STM); el EPRE; AYSAM; la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial o el organismo que en el futuro lo reemplace y el Ente de la Movilidad Provincial (EMoP).

 


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