Junto al titular de Aysam, la comisión de Ambiente analizó expedientes relacionados con los medidores de agua

La comisión de Ambiente de Diputados, se reunió vía Zoom con Alejandro Gallego - titular de Aysam - a quien consultó sobre dos proyectos de Daniela García (UCR) y Marisa Garnica (FdT-PJ), relacionados con el uso eficiente del recurso hídrico.

La iniciativa presentada por Daniela García, tiene como objeto establecer las medidas y los medios para el uso eficiente y consciente del Agua en toda la provincia de Mendoza, promoviendo la instalación de medidores volumétricos de consumo de agua en todos los edificios donde funcione la Administración Pública Provincial.

“En todo tipo de construcción, sean público y  privado de uso público se deberán colocar mecanismos que permitan el máximo ahorro de agua, siendo obligatorio instalar medidor volumétrico de consumo de agua”, o “cualesquiera otros mecanismos que tiendan a la autorregulación del consumo y que estén debidamente comprobados y aprobados por las entidades competentes”, establece en el articulado dicho proyecto.

Se entiende por mecanismos y sistemas que permitan el ahorro de agua, aquellos como el grifo temporizador, el que mediante una acción mecánica se cierra después de un tiempo establecido. También el grifo sensor, que se activa precisamente mediante un sensor; un depósito de agua con elementos de detención de descarga – que es un sistema depósito que permite mediante una segunda pulsación la detención de la descarga completa de dicho depósito -, o un depósito de agua con doble pulsador, para determinar dos niveles de descarga.

Asimismo, el pulsador - Sistema que se usa en mingitorios y/o similares -, o la cisterna de reutilización, que es un depósito de gran volumen que se utiliza para acumular agua utilizada y que sirve para su reutilización.

Por esta iniciativa se crea además el programa “Cuidemos el Agua” destinado a generar conciencia para el cuidado y ahorro de agua a través de capacitaciones para todo el personal de la administración pública provincial respecto al uso responsable del agua, habilitando a su vez, un sitio web con información y recomendaciones.

Asimismo, se modifica el artículo 29° de la Ley Nº 4341, enumerando disposiciones en relación a los loteos.

Por su parte, el proyecto de Garnica incorpora a la Ley 1079, Orgánica de Municipalidades, que

“en todos los casos de servicios de aguas, cualquiera fuese estos: potables, residuales, para saneamiento, esparcimiento y/o aguas corrientes, industriales o de riego, se deberá contar necesariamente con medidores para la provisión de los mismos”.

De igual forma, introduce en el texto que “en todos los casos en que existiere propiedad horizontal o conjuntos inmobiliarios en los términos definidos por el Titulo VI y Titulo VI Libro Cuarto del Código Civil y Comercial de la Nación, será obligatorio que cada unidad funcional tenga su medidor y que exista un medidor de agua independiente para los espacios comunes”.

Uso responsable del recurso hídrico

“La disponibilidad del agua potable es un factor determinante para el desarrollo humano y económico y en Argentina, el recurso hídrico es excepcional. Esto nos obliga a utilizar este recurso de manera responsable, y es competencia de las autoridades administrar este recurso correctamente”, afirma Daniela García en los fundamentos de su proyecto.

“El consumo humano promedio de toda la provincia representa 11%; la escasa actividad minera y el petróleo se llevan 1% y el uso recreativo y ambiental (corresponde a piletas, riego de jardines y parques) absorbe 4%”, subraya García.

En esa línea, sostiene que el consumo promedio de agua en el Gran Mendoza “es de 375 a  400 litros por día y por persona, es decir, 375 millones de litros cada 24 horas si tenemos en cuenta que en la gran ciudad habitan un poco más de 1.000.000 de personas. Pero lo que se pierde en canillas mal cerradas, lavando el auto o limpiando la vereda es igual de importante”.

El agua es un bien escaso

“El problema del agua en Mendoza tiene distintas aristas, pero hay un punto que requiere ser encarado a la brevedad y es seguir gestionando el agua como un bien abundante cuando es un bien escaso”, señala por su parte Garnica en su proyecto.

Lo cierto es que “el agua es un bien escaso, sumamente escaso en un desierto salpicado de oasis como Mendoza. Pero ante todo debemos sentar el criterio de que el derecho al agua es un derecho humano básico. El derecho al agua es imprescindible para una vida digna y es vital para la realización de muchos otros derechos, tales como los derechos a la salud, a la vida y a un nivel de vida adecuado”, subraya la legisladora.

Y agrega al respecto, que “las condiciones sociales, económicas, culturales, climáticas y ecológicas, deben ser ponderadas, tomando el agua como un bien social y cultural más que fundamentalmente como un bien económico”

 


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