Media sanción al establecimiento de sanciones por incumplimiento de normativas de emergencia en materia sanitaria

La Cámara de Diputados, por mayoría de votos, dio media sanción al proyecto de Ley del Poder Ejecutivo, por el cual se establecen sanciones por incumplimiento de normativas de emergencia en materia sanitaria, que tiene como fundamento de base, la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud, en relación con el Covid-19.

Se trata de la incorporación del artículo 119 bis al Código Contravencional, referido a “Incumplimiento de normativa de emergencia en materia sanitaria”, que  establecerá que “el que organizare y/o alojare reuniones con personas sin  parentesco en razón de la naturaleza, las técnicas de reproducción humana asistida, la adopción o la afinidad, hasta el segundo grado en línea ascendente, descendente o colateral, que impliquen incumplimiento de las normas que regulan estas actividades y las instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, dictadas durante la Emergencia Pública ratificada por Ley Nº 9220”, será sancionado con 15 hasta 30 días de arresto. o trabajo comunitario desde 60 hasta 80 días. En caso de reincidencia la sanción se elevará al doble de su mínimo y máximo.

A través de normativas nacionales y provinciales, se adoptaron distintas  medidas  para prevenir el contagio del virus, entre ellas, el distanciamiento social, preventivo y obligatorio, con lo cual,  “entre los diversos derechos que han debido reglamentarse durante la emergencia, se encuentra el de reunión, que resulta estratégico en virtud de las características de contagio” del Covid-19, dice la fundamentación.

Agrega el texto que “luego de la prohibición de todo tipo de reunión durante la etapa más estricta del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297/2020, la Provincia autorizó reuniones de tipo familiar” con hasta un máximo de 10 personas. sólo los días sábados, domingos y feriados y en un ámbito territorial de cercanía. Posteriormente, fueron autorizadas las reuniones de todo tipo, todos los días, también con un máximo de 10 personas.

No obstante, “en virtud de los cambios producidos en la situación epidemiológica de la Provincia, y habiendo constatado ciertos incumplimientos respecto de las normas generales”, y “atento a la naturaleza estratégica en materia de control y prevención de la expansión del Virus”, es que “resulta necesario contar con una herramienta jurídica idónea para sancionar a quienes incumplen la normativa dispuesta por la autoridad provincial en materia de reuniones”.

Agrega el texto que sirve de fundamento al proyecto elevado por el gobierno provincial, que el objetivo es imponer “una sanción ejemplificadora a quien de manera irresponsable pone en peligro a la sociedad toda, no sólo por la posible propagación del COVID-19, sino también con la consecuente limitación a las actividades que han sido habilitadas, lo cual repercute a su vez en aspectos sociales y económicos”.

 En tal sentido, la diputada Cecilia Rodríguez (UCR), señaló que “cabe aclarar que es una herramienta transitoria en el marco de la Ley de Emergencia. Entendemos que en este contexto excepcional de crisis por la pandemia, esta herramienta va a servir al Ejecutivo provincial para hacer frente a la situación”.

En el mismo sentido se expresó Jorge López (UCR), quien indicó que se trata de una “herramienta para que el gobierno de la provincia pueda llevar  adelante está lucha contra el coronavirus, porque el Estado tiene que estar ahí, atendiendo estas situaciones de emergencia y  porque el fin último es cuidar la salud de la población en su conjunto”.

También Mario Vadillo (Protectora), señaló que “no estamos hablando de la privación de una libertad sino de evitar enfermar a otros, controlar una pandemia”, mientras que Eduardo Martínez (PI), sostuvo que “hay que analizar de manera diferente los contextos. Uno es el que había cuando se aprobó el Código Contravencional pero hoy la situación es otra, por eso voto a favor, porque es transitoria producto de la pandemia”.

En tanto, Germán Gómez (FdT-PJ), adelantó que mayoritariamente “entendemos que ante los hechos sucedidos hay que tomar alguna medida de carácter Contravencional”.

Cabe aclarar que tanto el bloque del FdT-PJ como el Interbloque Cambia Mendoza, dieron libertad de acción a la hora de votar. En tal sentido, los diputados Laura Chazarreta (FdT-PJ), Gustavo Majstruck (FdT-PJ), Marcelo Aparicio (FdT-PJ) y Mercedes Llano (PD), adelantaron el voto negativo al proyecto por considerar, en general, que “puede derivar en una situación en que nadie diga nada por miedo a las represalias” y en que “tales medidas representan un exceso de paternalismo”. También votaron en negativo, los diputados Josefina Canale (PDP), Guillermo Mosso (PD), José María Videla (FR), Pablo Cairo (Protectora), Gustavo Cairo y Hebe Casado, del PRO y Mailé Rodríguez (FIT).


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