Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas: vuelve en segunda revisión al Senado

La Cámara de Diputados envió en segunda revisión al Senado, el proyecto de Ley sobre Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas. Se trata de una adaptación a la provincia de la Ley Nacional 27401, que establece por primera vez un régimen penal aplicable a las personas jurídicas privadas, involucrando a las empresas  que contraten con el Estado provincial o Municipios. Desde distintos bloques, destacaron que se trata de una normativa que apunta a la transparencia y a la lucha contra la corrupción. 

En tal sentido, dispone como requisitos para que  puedan contratar con cualquier Poder del Estado, el cumplimiento de un Programa de Integridad en el caso de contratos  que se encuentren sometidos al régimen de la Ley de Administración Financiera de la Provincia, o regidos por el Decreto Ley Nº 4.416/80 de Obras Públicas y sus modificatorias y por la Ley de Concesión de Obras y Servicios Públicos. 

La legislación nacional, “entre otros puntos, establece un programa de integridad interno de las personas jurídicas como requisito y exigencia para poder contratar con el Estado nacional. A partir de eso, también sería la misma exigencia para  las empresas que contraten con el Estado provincial o con las Municipalidades, implementando los programas  de integridad”, dijo Jorge Difonso (FR-UP), titular de la comisión de LAC, donde fue tratada esta propuesta. 

“Estos programas se constituyen en acciones, mecanismos y procedimientos internos de promoción de servicios de control, de supervisión, orientados a prevenir, detectar y corregir irregularidades o actos ilícitos.  Este proyecto apunta, fundamentalmente, a evitar actos de corrupción y fortalecer la transparencia en las contrataciones del Estado”, detalló.

Además de modificar algunos artículos del Código Procesal Penal, el proyecto dispone que las personas jurídicas privadas alcanzadas deberán presentar al momento de su inscripción o renovación de su inscripción en los Registros correspondientes, una declaración jurada indicando que no tienen sanciones ni procesos pendientes por los delitos establecidos en la Ley Nacional N° 27.401, tales como cohecho y tráfico de influencias, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, concusión prevista en el artículo 268 del Código Penal, enriquecimiento  ilícito de funcionarios y empleados, y balances e informes falsos agravados. 

El Programa de Integridad, deberá contener un código de ética o de conducta; reglas y procedimientos específicos para prevenir ilícitos en el ámbito de concursos y procesos licitatorios, en la ejecución de contratos administrativos o en cualquiera otra interacción con el sector público y capacitaciones periódicas sobre el programa a directores, administradores y empleados. 

Asimismo, podrá incluir el análisis periódico de riesgos; canales internos de denuncia de irregularidades, abiertos a terceros y adecuadamente difundidos y una política de protección de denunciantes contra represalias, entre otros aspectos. 

Establece además, que en los supuestos de aplicación de las penas previstas en los incisos 2, 3 y 4 del artículo 7º de la Ley Nacional N° 27.401 – suspensión total o parcial de actividades; suspensión para participar en concursos o licitaciones  estatales de obras o servicios públicos o en cualquier otra actividad vinculada con el Estado, y liquidación o disolución de la personería cuando hubiese sido creada al sólo efecto de la comisión del delito -, se deberá informar según corresponda a la Dirección de Personas Jurídicas y Registro Público de la Provincia, Dirección de Asociativismo y Cooperativas, y  Registros, entre otros; de manera que se adopten las medidas que pudieren corresponder conforme a la normativa vigente para cada uno de dichos organismos. 

No obstante, dispone que además de las penas aplicables en el artículo 7º de la normativa nacional,  se deberá, en caso de corresponder, proceder a su suspensión o eliminación del Registro que resulte de aplicación de acuerdo al tipo de contrato que se trate, por el tiempo de la condena. 

Difonso dijo al respecto que “hemos trabajado en la comisión de LAC, en forma participativa, amplia, que nos llevó a proponer algunas modificaciones. Lo que estamos haciendo es adaptar la Ley Nacional de manera tal que organismos del Estado, sean autárquicos, centralizados o descentralizados, también van a tener que pedir a estas empresas, el cumplimiento de determinados puntos para contratar con el Estado. Apunta a la transparencia y contra la corrupción. Es una legislación de vanguardia”.

“Nos parece importante que Mendoza pueda contar con esta herramienta poderosa para luchar contra la corrupción”, subrayó.

Por su parte, Adrián Reche (UCR), indicó que “esto es un gran avance, con respecto a la consideración de las responsabilidades penales. Resalto también la gran labor de la comisión y de los distintos actores que realizaron aportes”.

“Apunta a combatir la corrupción”, señaló el diputado, quien explicó que podría decirse que la normativa está dividida en dos partes, por un lado, la aplicación antes de la contratación y una segunda con modificaciones al Código Procesal Penal. “Es un gran paso que llena un vacío normativo”.

Mailé Rodríguez ((FIT), indicó en tanto que  no acompaña este proyecto “porque cuando se votó la Ley Nacional, no incluye delitos ambientales, de explotación laboral, infantil, entre otros”.

A su turno, Mario Vadillo (Protectora Línea Fundadora), manifestó su apoyo a esta ley, que implica una “punición a la empresa. Nosotros apoyamos a los organismos de control y estás leyes, porque la corrupción mata”.

También Germán Gómez (FdT-PJ), resaltó los aportes realizados a la Media Sanción de Senado y afirmó que “no debía dar más vuelta y tratarse de manera definitiva, porque si no, nos golpeamos el pecho hablando de corrupción pero sin estás herramientas es imposible”.

De igual manera se expresaron Pablo Cairo (Protectora Fuerza Política) y Eduardo Martínez (PI), al adelantar su voto positivo por tratarse de “un apoyo a la justicia”.

Asimismo, Gustavo Cairo (PRO), quien indicó que “es un aporte más en pos del combate de la corrupción. Es un paso adelante, una herramienta más para sancionar a las empresas que no se comportan de buena manera”.

Finalmente, Jorge López (UCR), destacó que “nuestra responsabilidad como Cámara está en dictar las normas que permitan establecer un marco normativo para la defensa de uno de los flagelos no sólo de nuestro país sino del mundo entero”.


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