Analizan en comisión de LAC medidas de atención especial para mujeres que hayan perdido un hijo en el parto

Se trata de una media sanción de Senado por la que se disponen una serie de medidas para ser adoptadas en establecimientos estatales, privados y de la seguridad social, a toda mujer que hubiese sufrido la interrupción y finalización prematura del embarazo; que hubiese fallecido su hijo en la maternidad, o bien que se encuentre en cualquier otra situación similar que por su gravedad o implicancias fuese necesario otorgarle el tratamiento regulado por esta iniciativa.

El tema comenzó a ser analizado en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales de Diputados, que preside Jorge Difonso (FR-UP) y continuará en estudio al menos, una semana más. Según el texto de esta normativa, la mujer que se encuentre en tal situación, tendrá el derecho a ser “informada sobre las distintas intervenciones médicas que pudieren tener lugar durante esos procesos, de manera que pueda optar libremente cuando existieren diferentes alternativas”, y “a ser tratada con respeto, de modo individual y personalizado que le garantice la intimidad durante todo el proceso asistencial teniendo en consideración sus pautas culturales”.

Esta media sanción tuvo su primer análisis en la comisión de Salud el año pasado, donde se modificaron algunos artículos. En tal sentido, los miembros de la comisión indicaron que de aprobarse en Diputados, volverá al Senado en revisión.

Otro de los puntos que establece este proyecto, es la intervención por medio de un “Manual de buenas prácticas para la atención del duelo perinatal” que tendrá por finalidad favorecer el acompañamiento de la persona gestante o madre, por las personas que ella elija en todo el proceso de consulta e internación; como así también mejorar la atención en términos de comunicación entre los médicos y pacientes.

De igual forma prevé generar un ambiente adecuado que reúna las condiciones de privacidad y silencio para que se comunique lo acontecido con el detalle necesario y de modo comprensible; colaborar en la toma de decisiones como forma de parto, en caso que esté embarazada, si desea ver o no ver el cuerpo de su hijo y respetar dentro de lo posible los deseos de la paciente, entre otros aspectos.


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