{mosimage} La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Ley que establece la modificación del artículo 22 de la Ley 6063 – de Reestructuración de la Dirección Provincial de Vialidad -, que establecerá:
- que los titulares de las propiedades ubicadas en la zona de influencia de un camino afirmado o de superficie de rodaduras mejoradas y construidas por la Dirección Provincial de Vialidad, están obligados a abonar un reembolso en función del beneficio que la obra represente para la propiedad, y que será determinado por la comisión técnica específica de la DPV. La suma que corresponda reembolsar no podrá exceder en ningún caso el 20% del valor de la superficie beneficiada, el que será determinado conforme a las bases adoptadas para los casos de expropiación por la Comisión Valuadora General de la Provincia.
- La Dirección Provincial de Vialidad será la responsable y contará con las atribuciones de notificación y cobro de los reembolsos que se determinen en función de lo establecido anteriormente.
Por otra parte, se derogan los artículos 32 al 47 inclusive del Decreto 2221/94, los artículos 37 y 38 del Decreto 889/96, y el Decreto 622/98, como asimismo toda norma que se oponga a la presente.