Pretenden crear “Sistema provincial de Acogimiento Familiar Temporario”

Las diputadas y diputados que conforman la Comisión de Desarrollo Social seguirán profundizando en el proyecto de Ley de Marcela Fernández (UCR) que crea el “Sistema provincial de Acogimiento Familiar Temporario” como sistema de cuidado alternativo para niños,niñasy adolescentes que se encuentranprivados de cuidados parentales”.

Se entiende por "Acogimiento Familiar Temporario" a la modalidad de cuidado alternativo, que implica el ingreso temporal y transitorio de un NNA privado de cuidados parentales, a una familia alternativa de acogimiento.

La finalidad de la norma es lograr la máxima satisfacción del derecho que le asiste a todo NNA que se encuentre privado de cuidados parentales, acrecer y desarrollarse en un ámbito familiar.

Según se estipule “debe darse prioridad a esta modalidad de cuidado alternativo, evitando el ingreso del NNA a residencias u hogares  dependiente de la DGP; salvo informe profesional debidamente fundado por el equipo técnico interviniente que así lo determine”.

Según su autora los principios que rigen el proyecto de Ley son: Interés Superior del NNA; respeto a la autonomía progresiva del NNA; conforme sus características psicofísicas, aptitudes y desarrollo; derecho a que el NNA sea escuchado y que su opinión sea tenida en cuenta, conforme a su edad y grado de madurez ; respeto a la historia, identidad e intimidad del NNA: tanto la familia receptora, comotodos los actores intervinientes en el “Sistema Provincial de Acogimiento FamiliarTemporario”, deben respetar la historia e identidad del NNA, y siempre ha de resguardarse laintimidad de dicha historia de vida. Rige obligación de confidencialidad y reserva y respeto a la cultura y creencias del NNA.

El “Sistema Provincial deAcogimiento Familiar Temporario”, No tiene finalidad de adopción. La familia de acogimiento bajo ningún aspectopodrá presentarse como pretensa adoptante del NNA; No implica modificar el emplazamiento del estado familiar del NNA respecto de su familia de origen y ampliada; No crea lazos de parentesco con la familia acogedora; Es esencialmente temporaria, y únicamente ha de extenderse hasta que se decidajudicialmente respecto de la situación del NNA. Para esto, regirán los plazosexpresamente fijados por las leyes de fondo y forma que abordan la temática (ley26.061, CCCyN, ley 9139 y ley 9120), No será retribuido económicamente. -

En nuestro país en el año 2005 se sancionó la Ley 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, logrando de esta manera otorgarle plena vigencia a la Convención Internacional de los Derechos de Niño, normativa de rango constitucional, y cumplir con toda la sociedad respecto a la protección de sujetos vulnerables como las niñas, niños y adolescentes, quienes dejaron de ser entendidos como objetos bajo la tutela del Estado para transformarse en sujetos de derecho.

Como función del Estado se establece en líneas generales que debe procurar que niños, niñas y adolescentes no sean separados de su ámbito familiar; y en el caso que fuera necesario disponer tal medida, la misma deberá ser limitada en el tiempo y estar monitoreada con informes periódicos, conforme los plazos establecidos en el Código Civily Comercial de la Nación y Código Procesal de Familia y Violencia Familiar de la Provincia de Mendoza.

Atento a que en la Provincia de Mendoza, existen más de 30 espacios institucionales, las niñas, niños y adolescentes tienen cubiertas sus necesidades de alimentación, salud y educación pero carecen de otros aspectos no materiales pero imprescindibles para lograr un desarrollo pleno. El amor, el afecto, son los motores para un desarrollo integral.


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