Despacho en mayoría para la prórroga de la emergencia sanitaria, social, económica, administrativa y financiera

La comisión de Hacienda y Presupuesto, que preside Jorge López (UCR), dio despacho favorable a la adhesión a la media sanción del Senado por la cual se prorroga por 12 meses, la emergencia en la provincia. Se trata de extender por un año, los alcances de la Ley 9220 en el marco del contexto de pandemia que atraviesa Mendoza y el país.

El despacho obtuvo mayoría de votos, con excepción de los integrantes del Frente de Todos que esperarán el tratamiento en el recinto, durante la sesión de mañana.

“Tenemos dudas de cuánto más va a durar esta pandemia” dijo López, por lo que “estamos ante esta Ley que amplía el periodo de tiempo previsto en la norma que establecía la emergencia sanitaria, social, económica, administrativa y financiera, por 12 meses más”.

“Desde el oficialismo queremos que el gobierno siga contando con las herramientas que se dieron en su momento porque el contexto no ha cambiado. El gobierno se ha manejado con mucha responsabilidad en ese sentido, por lo que necesitamos que sigan vigentes”.

El pedido de prórroga fue remitido a la Legislatura por el Poder Ejecutivo, y obtuvo media sanción de la Cámara Alta. En ella, se prorroga por el término de un año la vigencia de lo dispuesto por los Decretos 359/20 y 401/20, ratificados por el Artículo 1º de la Ley Nº 9220, como así también el resto de las disposiciones contenidas en dicha Ley.

Cabe recordar que por el Decreto 359 se establecía la emergencia sanitaria por el plazo de un año y la conformación  del Comité de Vigilancia, Atención y Control, con atribuciones para diseñar, diagramar y coordinar  todas las acciones necesarias para el desarrollo de un plan preventivo y de mitigación frente a la amenaza de circulación y transmisión del coronavirus, como así también convocar a expertos en las materias vinculadas con la emergencia declarada y requerir su opinión en los casos que lo estime pertinente.

De igual forma, solicitar a los Ministros del Poder Ejecutivo, a las autoridades de las Cámaras Legislativas, a la Suprema Corte de Justicia, Municipios, Universidades Públicas y Privadas de la provincia, autoridades de los organismos descentralizados, y todo organismo que resulte pertinente,  la designación de una persona que actúe en calidad de referente, con el objeto de articular  de manera ágil y eficiente con las autoridades, toda medida que deba ser adoptada de manera urgente o progresiva.

Asimismo, en el marco de la emergencia sanitaria,  disponer la reglamentación de actividades que importen riesgos para la población y solicitar inspecciones a efectos de verificar el cumplimiento de tales medidas y en caso de no acatamiento requerir las sanciones previstas por la legislación vigente.

En tanto, el Decreto 401 ampliaba la emergencia sanitaria, basado en que el coronavirus, es un “fenómeno mundial” que “representa  un hecho de marcado dinamismo imponiendo la necesidad de adoptar gran cantidad de decisiones en un marco de crisis y emergencia”.

Todo ello, “en cumplimiento de normas de raigambre constitucional que imponen a los gobernantes el cuidado de la salud de la población”.

Este último, “ampliaba la emergencia a lo social, económico, administrativo y financiero y  en virtud de ello, se daban algunas autorizaciones sobre todo en los plazos de contrataciones, ratificación de uso del crédito, en el marco del artículo 32 de la ley de Administración Financiera, para financiar gastos asociados a la pandemia”, explicó López.


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