Despacho en mayoría a proyecto que establece prioridad de atención a adultos mayores, embarazadas, gestantes y personas con discapacidad

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside Jorge Difonso (FR-UP), dio despacho en mayoría,  al proyecto de Ley de Cecilia Rodríguez (UCR), por el cual se establece con carácter de obligatorio otorgar  prioridad de atención a personas adultas mayores, mujeres embarazadas y/o gestantes y personas con discapacidad o movilidad reducida.

La medida abarcará a todo establecimiento público dependiente de la provincia, como así también a todo establecimiento privado que brinde atención al público a través de cualquier forma o modalidad.

Por otra parte, se incorpora al Código Contravencional el artículo 85 bis, disponiendo que el establecimiento privado que no cumpla con tales disposiciones o no exhiba cartelería de exigencia de dicha prioridad, será sancionado  su titular con multa de 500  hasta 2000 U.F. y/o inhabilitación del local por el término máximo de 30 días. Para la aplicación de las multas, se deberá tener en consideración la cantidad de operaciones que realiza el comerciante o entidad financiera, la magnitud de operaciones que realiza, la magnitud de la empresa, los medios a su alcance para brindar atención prioritaria, entre otros aspectos.

 A efectos de constatar tales condiciones personales, la iniciativa señala que servirá el certificado médico de embarazo, para el caso de mujeres embarazadas o personas gestantes cuando éste no sea evidente; el Certificado Único de Discapacidad, y el DNI para el caso de personas adultas mayores de 60 años. Se excluye de estas disposiciones las dependencias que en forma permanente o transitoria atiendan trámites relacionados específicamente con las personas enunciadas.

Por otra parte, se establece que las reparticiones y establecimientos comprendidos en esta normativa, deberán obligatoriamente realizar campañas de concientización arbitrando los medios necesarios a fin de propiciar una adecuada difusión de esta norma, y exhibir cartelería que indique que el lugar brinda atención a las personas pertenecientes a estos grupos, a través de indicadores ubicados en lugares visibles de acceso público.

Asimismo, se prevé que los fondos recaudados de las sanciones aplicadas por el incumplimiento a esta Ley, serán destinados a las campañas de concientización.

“Es de destacar, que salvo la Ordenanza N° 4.010 sobre “Medidas para fomentar la convivencia”, de la Ciudad de Mendoza, es casi nula la recepción normativa”, señala Rodríguez en la fundamentación, agregando que “que se tiene a la prioridad de atención como algo que sólo corresponde al orden moral, educativo, de buenas costumbres y de buen trato, la que ocurre solamente en supermercados y entidades bancarias, por lo que es necesario extender esta prioridad a todos los establecimientos públicos y privados con atención al público”.

En la misma línea, Marcela Fernández (UCR), indicó que “el objetivo de esta ley es mucho más amplio, es  una cuestión cultural. Prevé que lo que se recaude vaya a campañas de concientización, la cartelería tiene que estar visible; es decir, son parámetros que nadie discute y va más allá, es ir instalando esta manera de manejarnos”.

Durante el tratamiento en la comisión, Mario Vadillo (CxM) y los diputados del Frente de Todos que integran LAC, se abstuvieron de votar. Pidieron al respecto, una semana más de análisis.

 


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