Despacho a expediente que promueve la eximición de Sellos en el marco del Régimen de Incentivo a la Construcción Federal

Integrantes de la comisión de Hacienda y Presupuesto, que preside Jorge López (URC), otorgaron despacho favorable a un expediente autoría del Poder Ejecutivo por el que se establece "la exención de pago del impuesto de sellos respecto de los actos, contratos, obligaciones y/u operaciones que se realicen y/o celebren en el marco del régimen  establecido por Ley Nº 27.613 (Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda) y mientras el mismo se mantenga vigente".

Esta Ley, destinada a promover el desarrollo o inversión en proyectos inmobiliarios realizados en el país, en su Artículo 26 invita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a las provincias a que establezcan exenciones en el impuesto de Sellos y promuevan que sus municipios otorguen incentivos tributarios, en el marco del régimen establecido en ella.

Durante el tratamiento de la comisión, los legisladores y legisladoras expusieron sus visiones respecto a la iniciativa y remarcaron que entienden "que es un avance" por lo tanto manifestaron acuerdo con su pronto tratamiento más allá de las posibles modificaciones que puedan ser planteadas en el recinto una vez acordado el debate en Sesión.

En la fundamentación, el proyecto señala que “entendiendo que el régimen de incentivos creado por la Ley tiene corno finalidad dinamizar el sector de la construcción e inmobiliario, sobre todo en un contexto de pandemia que atenta contra el desarrollo económico”, es la razón por la que se envía el proyecto a la Legislatura de Mendoza; porque, además, “requiere de la adopción de medidas para afrontar las diversas situaciones críticas” que la pandemia ha generado, y que por tanto, “es intención del Poder Ejecutivo de la Provincia de Mendoza coadyuvar al robustecimiento del citado régimen, mediante el otorgamiento de beneficios impositivos de potestad de la Provincia, corno lo es en el caso, la exención de pago del impuesto de Sellos, respondiendo así positivamente a la invitación contenida en la norma nacional en cuestión”.

De esta manera, la propuesta incluye los actos, contratos, obligaciones y operaciones que se realicen o celebren en el marco del régimen establecido por la Ley Nacional, mientras tenga vigencia, cuyos interesados deberán tramitar la respectiva exención ante la Administración Tributaria Mendoza.

Sobre el último punto al que se refiere el articulado de la norma, la invitación a los municipios a adherir, se remarcó que es para que puedan otorgar incentivos tributarios municipales, en el marco de esta normativa, y que se entiende que los mismos no verán disminuidas sus recaudaciones al implementar esta disposición.


Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704