Legislación y Asuntos Constitucionales iniciará el estudio del Sistema de Acogimiento Familiar Temporario

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside Jorge Difonso (FR-UP), acordó iniciar el estudio de un proyecto de Marcela Fernández (UCR), que promueve la creación del Sistema Provincial de Acogimiento Familiar Temporario.

Esta iniciativa, que ya cuenta con despacho de la comisión de Desarrollo Social, tiene por objeto la creación en el ámbito de la provincia de Mendoza, del “Sistema Provincial de Acogimiento Familiar Temporario” como sistema de cuidado alternativo para niños, niñas y adolescentes que se encuentran privados de cuidados parentales.

Este programa se inscribe dentro del marco  de la Leyes nacionales Nº 26.061 de “Protección Integral de los Niños, Niñas y Adolescentes”, Ley N° 23.849 de ratificación por Argentina de la Convención sobre los Derechos del Niño; y de la Ley Provincial Nº 9139 de “Protección Integral”.

Según explicó la legisladora durante la reunión de comisión, en Mendoza “este tema no está regulado, hay otras provincias como Santa Fe o Neuquén que ya han sacado su Ley.  Se trata de dar un marco legal a lo que es el cuidado alternativo de niños y niñas que tienen medidas de protección excepcional, en el que sus destinos son los hogares”.

“Aparecen familias para cuidar a esos niños durante un tiempo, pero luego han surgido algunos problemas, porque con el tiempo, algunas de estas familias terminaban pidiendo el proceso de adopción por fuera del RUA – Registro Único de Adopciones -”, añadió.

Este concepto, “no tiene fines de adopción; el cuidado es el cuidado, la alternativa, para que estén en una familia de acogimiento. El concepto principal es ser un puente, un enlace para que terminen de ser adoptados” a través de los procesos judiciales que corresponden, indicó.

Por su parte, Adrián Reche (UCR), sostuvo que “es una problemática, un conflicto que muchas veces terminan resolviendo los jueces. Porque las familias de cuidado o de abrigo, se encariñan con el niño o niña y luego hay un conflicto de intereses con el pretenso adoptante. Es un gris que tenemos”, al que hay que darle un marco legal.

Según se establece en el articulado de la norma, la finalidad de la misma es “lograr la máxima satisfacción del derecho que le asiste a todo niño, niña o adolescente  que se encuentre privado de cuidados parentales, a crecer y desarrollarse en un ámbito familiar”.

Se dará  prioridad a esta modalidad de cuidado alternativo “evitando el ingreso del NNA a residencias u hogares dependiente de la Dirección General de Protección de Derechos de niños/as y adolescentes (DGP); salvo informe profesional debidamente fundado por el equipo técnico interviniente que así lo determine”.

“Concretamente, el proyecto presentado, enmarca y regula el programa de acogimiento familiar en el provincia de Mendoza, poniendo de relevancia, el concepto de acogimiento observando los efectos que en niñas niños y adolescentes hace la institucionalización”, subraya la fundamentación en la que agrega que “el concepto de Acogimiento Familiar, es un concepto de puente, de amor y de poner a la niña al niño o al adolescente en primer plano. Es generar en ellos la certeza que el amor de dar existe, que los vínculos de afecto ayudan a su crecimiento y desarrollo”.


Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704