La Cámara de Diputados convirtió en ley la extensión de la vigencia de las licencias de conducir. El proyecto venido en revisión del Senado, surge de la acumulación de dos iniciativas, una del Poder Ejecutivo y otra de Gustavo Cairo (LLA), estableciendo una validez de diez años para las licencias que se otorguen hasta los 65 años de edad.
Las modificaciones a la Ley 9024, de Tránsito y Seguridad Vial, tienen como objetivo actualizar la normativa provincial a las tendencias internacionales y facilitar la renovación de la Licencia Nacional de Conducir.
La Ley Nacional de Tránsito establece la vigencia de la licencia en 5 años hasta los 65, dejando a las provincias la regulación para los mayores de esa edad. En Mendoza, a partir de los 65 la renovación se debe realizar cada 3 años hasta los 70, y anualmente a partir de esa edad, incluyendo una prueba de manejo. A partir de la sanción de esta Ley, la vigencia será de 10 y 5 años, respectivamente, y de 3 a partir de los 76, eliminando además la prueba de manejo en las renovaciones.
Nueva vigencia de las licencias de conducir
Con las modificaciones aprobadas “con el objetivo de simplificar y agilizar el proceso de renovación de la licencia, reducir costos tanto para la Administración Pública como para la ciudadanía, optimizar los recursos y adecuar la normativa”, se amplía el periodo de vigencia de la Licencia Nacional de Conducir de 5 a 10 años para conductores no profesionales de hasta 65 años.
La excepción a esta medida será para los condenados por delitos vinculados a la conducción antirreglamentaria de un vehículo automotor y para reiterantes de la infracción de conducción bajo efectos del alcohol contemplados en el artículo 52° inciso 7, de la Ley 9024, y artículo 67 bis de la Ley 9099 – Código Contravencional -. En estos casos el plazo será de 5 años.
Por otra parte, las licencias que se otorguen a personas que tengan entre 66 y 75 años de edad, tendrán una vigencia de 5 años, y a partir de los 76, la vigencia será de 3 años.
El esquema queda entonces de la siguiente manera:
-Hasta los 65 años, 10 años de vigencia
-De 66 a 75 años, 5 años de vigencia
-A partir de los 76, 3 años de vigencia
Requisitos para la renovación
Esta normativa dispone asimismo cambios en los requisitos para la renovación por vencimiento de la licencia de conducir:
-Que no haya transcurrido más de un (1) año desde su vencimiento. Si transcurrió dicho plazo, se considera como tramitación de licencia nueva.
-El arancel de renovación será del 50% para los mayores de 65 años.
-Presentar certificado de libre deuda de infracciones de tránsito.
-Declarar bajo juramento que no se padecen o hayan padecido afecciones cardiológicas, neurológicas, psicopatológicas o sensoriales que afecten la aptitud para conducir.
-Aprobar un examen médico psicofísico, en el que se determine su aptitud física, visual, auditiva y psíquica para conducir.
-No se exigirá una nueva prueba de manejo a los conductores que renueven su licencia para el caso de los mayores de 65 años, salvo expresa indicación médica o, para todos los casos, que haya transcurrido más de un año del vencimiento de su licencia.
-El personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial que cumplan -funciones de chofer o motorista estará exento de los costos de las renovaciones.
Debate
El diputado Franco Ambrosini (UCR), titular de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, explicó que el proyecto vino en segunda revisión del Senado luego de que allí se le introdujera “una pequeña modificación. Este proyecto versa sobre la modificación de los años de la licencia de conducir. El Estado tiene que estar al servicio de la ciudadanía para evitar trámites innecesarios y facilitando los procesos. Mendoza sigue dando ejemplo de esto, simplificando y buscando más eficiencia para todos los ciudadanos”.
Seguidamente, Gustavo Cairo (LLA) manifestó que “este es un tema que ha reunido la adhesión de todos los bloques y luego en el recinto; también en el Senado. Agradezco a todos por los aportes. Si bien no es un tema nodal, es un tema que afecta lo cotidiano y según la regulación actual se tornaba engorroso”.
El legislador señaló que ésta, no era solo una problemática local sino también de otros países de la región. Así, hizo referencia a un estudio de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en el que se mostraba que “había bastante preocupación internacional en cómo regular las licencias de conducir sobre todo en los adultos mayores”.
Tras comparar el sistema de países como Alemania, Francia o Inglaterra, “donde hasta los 75 años no exigen renovación”, como también de España e Italia, donde tienen un régimen similar al aprobado hoy, el legislador indicó que se busca reformar la Ley 9024, pasando de un “régimen de renovación cada 5 años hasta los 65 años, a una renovación cada 10 años. A partir de los 66 hasta los 75, una renovación cada 5 años, y desde 76 años en adelante cada 3 años”. Asimismo, hizo hincapié en que se pondrá el acento en las aptitudes psíquicas, físicas, auditivas y visuales.
Finalmente, abogó por “seguir trabajando en pos de la ciudadanía y quitarle cargas inútiles, y fundamentalmente a los adultos mayores”.
A su turno, Edgardo Civit Evans (Partido de los Jubilados Auténticos), sostuvo su “adhesión absoluta respecto del proyecto”, resaltando que los adultos mayores, “todos los años, para renovar la licencia de conducir, debían hacer una serie de exámenes, más la autorización del médico y pagar, lo cual se transformaba en una cuestión recaudatoria, además de los días de espera. Esto se elimina, y para los adultos mayores es muy importante”.
Civit resaltó que “Mendoza se coloca en una situación de avanzada en cuestiones de tránsito”, para subrayar que “los menores accidentes ocurren entre las personas adultas mayores porque son muy precavidos al manejar”.