La escritura de la norma, fue el tema desarrollado en el seminario “Gestión de la Administración Legislativa”

El Seminario Gestión de la Administración Legislativa, que forma parte del plan de estudio de la carrera de Posgrado “Especialización en Gobierno y Gestión Pública”, desarrolló hoy su quinta jornada a cargo de la profesora en Lengua y Literatura, Celia Párraga, quien abordó el tema de “Escritura de la Norma”.

 Párraga comenzó su módulo con una tarea de escritura, a modo de práctica para los alumnos, para luego comenzar con el abordaje teórico.

“La escritura sin la compresión no existiría, si yo no comprendo algo, no lo puedo escribir porque la escritura viene de un proceso”, explicó la profesora y agregó que “comprender es representar mentalmente, si uno no puede representar mentalmente algo, es porque no lo sabe”.

Además, afirmó que para escribir primero se debe tener en cuenta el discurso. “El discurso es una práctica social contextualizada que tiene sus propias reglas y su modo de decir”. Todos hablamos de acuerdo a las palabras que tenemos, que conocemos por nuestra profesión, por ejemplo, el discurso jurídico, discurso legal, discurso político o científico.

“Hay que habituarse al ámbito donde tengo que dar el discurso, si queremos que nuestro discurso le llegue a la gente, que sean entendibles, tenemos que ser capaces de usar un discurso con lenguaje sencillo”. “Tendemos a hablar de manera rebuscada y la cuestión rebuscada no le hace bien a la gente”, afirmó.

Asimismo dijo que la escritura es un proceso que conlleva operaciones discursivas, y estas operaciones tienen tres subprocesos donde  “planifico, escribo y reviso”.

Planificar requiere “un plan textual”, es organizarse “conociendo primero lo que quiero escribir, una vez que está desarrollado el plan, lo escribo y luego lo reviso.

En primer lugar, indicó, “tengo que saber qué quiero decir, saber el tema, y a veces coexisten en nuestras mentes una serie de ideas que es necesario ordenar y tener claras, para jerarquizarlas y luego verlas por escrito. Poner en el medio el tema, luego ir colocando distintas categorías de ese tema, y luego ir jerarquizando, de acuerdo a su importancia, esto es un trabajo que es muy bueno realizar a la hora de escribir, porque planificar la escritura resulta en un buen escrito”.

Por otro lado, subrayó que para planificar el tema se tienen en cuenta una serie de preguntas: ¿a quién escribo?, ¿qué sabe mi lector sobre el tema?, ¿le va a interesar?, ¿es pertinente la cantidad y calidad de información que le voy a brindar?, ¿conozco a mi lector?, ¿qué tipo de relación nos une?

“Si le escribo a la sociedad en general, y lo que escribo es de fácil entendimiento, seguro que le va a interesar. Por eso tengo que ver qué cantidad de información le doy, y entender, aunque no los conozca, qué relación nos une.  Por ejemplo, si escribo para una revista de adolescentes, debo conocer a los adolescentes, sus intereses”.

Producción legislativa

Con respecto a la escritura de la norma, expuso que debe ser de fácil comprensión y su lenguaje univoco, es decir, que no tenga muchas interpretaciones.

“Al armar una ley, mientras más sencilla sea, mientras más clara, mejor, y por otro lado necesita precisión, exactitud en los términos que se van a usar, y la concisión, que sea precisa, corta y rápida, utilizando la economía de palabras e ir exactamente al punto”, afirmó Párraga.

De igual forma, resaltó la importancia de la “unidad, es decir que  tenga un orden jerárquico, un concepto fundamental, del cual deriven otros, porque siempre va ir de lo general a lo particular”

 En cuanto al carácter de la norma, enseñó que el lenguaje normativo es de carácter imperativo, el “deber ser”, por lo que se dice que el lenguaje jurídico es deóntico, porque siempre está tratado como algo que debe ser. “Por esta razón la escritura de los artículos de las normas debe ser en futuro, que describa el presente, pero en tiempo futuro”.

Por otro lado, es de carácter facultativo, porque tiene la facultad de hacer o de omitir; es condicional, porque incluye siempre la existencia de otro; es declaratorio, porque no contiene mandamiento; definitorio, porque define términos; es descriptivo, porque siempre se da una precisión cabal sobre algo; y es procedimental, porque se usa un método para ejecutar en lo sucesivo.

También, se llama de normación futura, porque ordenan o prohíben leyes que pueden darse con una fecha estipulada; y es remisivo porque sirve para dar indicaciones.

Además, se refirió al estilo correcto de la escritura de las normas. “El estilo siempre tiene que estar en idioma español, hay que tener cuidado con expresiones nuevas, o con extranjerismo, realmente no es bueno que se los utilice en leyes”, manifestó, y añadió “siempre se recomienda definir términos y explicar aquellos que se utilizarán a lo largo del texto”.

“A veces hay enunciados que deben evitarse, por ejemplo, las recomendaciones, expresiones de deseos, los auspicios; y las excepciones, si no es indispensable hay que evitarlas. De igual manera hay que evitar explicaciones innecesarias, tecnicismos, explicaciones abundantes”, subrayó la profesora.

También se describió los conceptos de ambigüedad y vaguedad. El primer caso se da cuando hay un enunciado o palabra que tiene más de un significado. “Existe una ambigüedad sintáctica, cuando está alterado el orden sintáctico; y la ambigüedad semántica, que se da cuando no se entiende exactamente lo que significa una palabra, y puede tener varios significados.

Mientras que la vaguedad, existe cuando hay posibilidades de múltiples interpretaciones a un mismo signo.

Tanto ambigüedad como vaguedad, “suelen estar presentes en las normas y dan lugar a cometer errores, se producen vacíos legales, y es importante que podamos subsanar esto. Es una grave desventaja para la claridad y la precisión”, finalizó.


Honorable Cámara de Diputados de Mendoza | Patricias Mendocinas y Paseo Sarmiento - Mendoza - República Argentina (C.P. 5500) | +54-261-4493729 /3704