En cuanto al sistema de alumbrado público
{mosimage} La Cámara de Diputados dio sanción final al proyecto de ley venido en revisión del Senado, por el cual se incorpora la regulación del sistema de alumbrado público al marco regulatorio eléctrico.
Se agrega un nuevo inciso al artículo 54 de la ley 6497 – Marco Regulatorio Eléctrico -, señalando que el Ente Provincial Regulador Eléctrico, deberá dictar las normas correspondientes para regular el sistema de alumbrado público para todo el territorio de la provincia, así como la calidad de los materiales y elementos complementarios.
Se instruye además al EPRE para que reglamente o normalice la altura de las luminarias de alumbrado público a 7 metros como máximo, en las zonas urbanas de la provincia, con el objeto de garantizar a la población mejor calidad lumínica en las veredas y su compatibilidad con el arbolado público.
Además se dispone que a través del Ministerio de Infraestructura en conjunto con el EPRE, se inste a la aplicación de lo normado en esta ley, a aquellos organismos, instituciones y municipios, vinculados a loteos y urbanizaciones.