Se completó la nómina de los integrantes del Consejo de la Magistratura

Tras la asunción de los nuevos legisladores, la Cámara de Diputados procedió a completar la nómina de los integrantes del Consejo de la Magistratura.

Tal como lo establece el Artículo 150 de la Constitución Provincial, Diputados designó a los representantes del Cuerpo ante el Consejo de la Magistratura. Así, junto a Emiliano Campos (UCR), José Luis Ramón (Protectora) será miembro titular, en tanto que Adrián Reche (UCR) y Bruno Ceschín (FdT), suplentes.

Cabe recordar que dicho artículo de la Carta Magna establece, entre otros puntos, que “… Los jueces de los tribunales inferiores y los representantes del Ministerio Público, serán propuestos por el Consejo de la Magistratura al Poder Ejecutivo y designados por éste con acuerdo del H. Senado. El Consejo estará integrado por un miembro de la Suprema Corte de Justicia, quien lo presidirá; un representante del Poder Ejecutivo; un representante de los magistrados en ejercicio; dos abogados de la matricula de diferente circunscripción judicial y dos diputados provinciales de distintos partidos políticos. Conjuntamente serán elegidos igual número de miembros suplentes, que reemplazaran a los titulares ante cualquier circunstancia que les impida asistir a las sesiones del Consejo, o en los supuestos de excusación o recusación con causa que la Ley establezca”.

Dispone además, que “los representantes de la Suprema Corte de Justicia, del Poder Ejecutivo y los diputados provinciales, serán designados y removidos por sus representados. Cualquier ciudadano podrá requerir su remoción, ante quien los designó, por las causales establecidas en el artículo 109. Los representantes de los magistrados y de los abogados serán elegidos por el voto directo de sus pares y podrán ser removidos a pedido de cualquier ciudadano, por las causales enumeradas en el apartado anterior, en la forma prevista en los artículos 164 y siguientes de esta Constitución”.

Por otra parte, la Constitución de la provincia establece que “los miembros del Consejo durarán dos años en sus funciones pudiendo ser reelectos con intervalo de un periodo. El desempeño del cargo de miembro del Consejo de la Magistratura tendrá carácter honorario y no le será aplicable lo dispuesto en el artículo 151”.

Cabe destacar que el Consejo de la Magistratura tiene entre sus atribuciones, el proponer al Poder Ejecutivo, en ternas vinculantes, el nombramiento de jueces y representantes del Ministerio Público, con excepción de los miembros de la Suprema Corte de Justicia y su Procurador General. A su vez, seleccionar mediante concursos públicos, los postulantes a los cargos referidos anteriormente. De igual modo, se establece que el Consejo tomará todas sus decisiones por mayoría absoluta de votos de la totalidad de sus miembros.


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