FONDOS ANTICICLICOS

Fondos Anticíclicos
Modifican ley de responsabilidad fiscal
La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley de la diputada Liliana Vietti (UCR), por el que se modifica la ley de Responsabilidad Fiscal (7314).
{mosimage}  La iniciativa aprobada cambia el Art. 10 de la referida ley el que hace referencia al Fondo Anticíclico para el Gobierno Provincial y uno para cada uno de los Municipios de la Provincia, cuyo destino será el de minimizar las diferencias entre recursos y gastos frente a cambios en el ciclo económico u otras circunstancias que tiendan a provocar desequilibrios en las finanzas provinciales y/o municipales.

Así el Fondo Anticíclico Provincial estará en el ámbito del Ministerio de Hacienda y se constituirá con un mínimo del 50% del excedente de recursos corrientes de Rentas Generales de cualquier origen, que se produzca entre lo presupuestado en el Presupuesto Provincial y lo recaudado efectivamente, neto de participación a Municipios y de todos aquellos gastos autorizados por la Legislatura con posterioridad a la aprobación del Presupuesto anual, financiados con mayor recaudación respecto al cálculo de recursos y de los que expresamente se autorizan por Ley de Presupuesto contra una mayor recaudación estimada debidamente fundada.
Asimismo, los Fondos Anticíclicos Municipales estarán en el ámbito de cada Intendencia  y se constituirán como mínimo con un 10% del excedente de recursos corrientes provenientes de la participación municipal, que se produzca entre lo presupuestado en los Presupuestos Municipales y lo efectivamente recibido por participación, neto de todos aquellos gastos autorizados por los Concejos Deliberantes con posterioridad a la aprobación del Presupuesto Municipal anual financiados con mayor recepción de fondos de participación, comprobada o estimada debidamente fundada, respecto al cálculo de recursos de Participación Municipal.
Además, la ley de la diputada Vietti autoriza al Gobierno Provincial y a los Gobiernos Municipales a recalcular los Fondos Anticíclicos correspondientes a cada uno, para los ejercicios 2005, 2006 y 2007. En caso de resultar fondos constituidos en exceso, la diferencia será de libre disponibilidad y podrá ser retirada o mantenida como ahorro voluntario.


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