En plenario, las comisiones de Cultura y Educación y de Legislación y Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, que presiden Natalia Vicencio (FdT-PJ) y Jorge Difonso (UP-FR), respectivamente, dieron despacho favorable al proyecto de Ley venido en revisión del senado, por el cual se crea el Instituto Universitario de Actividad Física y Deportes “Dr. Jorge E. Coll”, asegurando el pleno goce de sus derechos y obligaciones dentro del marco legal en el que se circunscribe su autonomía institucional.
Este formato de Instituto Universitario Provincial dependiente de la Dirección General de Escuelas, sería el primero en su tipo con respecto a la actividad física y el deporte, en el país. “Pondría a Mendoza a la vanguardia en instituciones de este tipo”, indicaron los legisladores.
En esa línea, en las primeras reuniones para analizar este proyecto, la diputada María José Sanz (UCR) señalaba que “si bien hay 180 instituciones que dictan la carrera de Educación Física en nuestro país, este va a ser el primero con un formato universitario provincial”.
En el articulado de la iniciativa se da “continuidad al actual Rector del Instituto de Educación Física de Mendoza N° 9-016 “Dr. Jorge E. Coll” y a su Honorable Consejo Directivo para que actuando en carácter de “normalizadores” del nuevo Instituto Universitario de Actividad Física y Deportes “Dr. Jorge E. Coll”, y en ejercicio de facultades suficientes en un plazo máximo de 180 días, a partir de aprobada la presente ley, presenten ante la Dirección General de Escuelas un programa de trabajo indicando el modo en el que se realizará la transición administrativa, académica, funcional y financiera del nuevo Instituto Universitario, a través de un Estatuto Orgánico que dé cumplimiento a la presente ley, bajo los controles y requerimientos exigidos por los organismos educativos de orden nacional y provincial que por imperio de ley correspondan.
Se establece, además, que la Dirección General de Escuelas será la responsable de revisar tanto el programa de trabajo como el proyecto de Estatuto Orgánico, los que solo tendrán validez una vez que sean aprobados por el Director General de Escuelas.
La DGE y el Consejo de la Educación Pública de la Provincia estarán facultados para disponer el traspaso de los recursos humanos y materiales al Instituto Universitario de Actividad Física y Deportes “Dr. Jorge E. Coll” conforme los alcances de la presente Ley, garantizando la estabilidad laboral y económica del personal docente, administrativo y no docente que se encuentren en la planta funcional del Instituto de Educación Física N° 9-016 dependiente de la Coordinación General de Educación Superior.
Queda formulado también en el articulado que “los títulos de grado y postgrado del Instituto Universitario de Actividad Física y Deportes “Dr. Jorge E. Coll” quedarán supeditados a la aprobación y reconocimiento de sus respectivos planes de estudios por parte de los organismos de la Política Educativa Nacional y Provincial encargados de su validación dentro del marco normativo de la presente ley, sin efecto retroactivo respecto de los estudiantes que transiten el proceso normalizador, quienes obtendrán Título Provincial de Nivel Superior”.
El Instituto Universitario de Actividad Física y Deportes “Dr. Jorge E. Coll”, en cuanto a su creación y posterior funcionamiento, estará financiado por la Dirección General de Escuelas de la Provincia de Mendoza, sin que ello implique una ampliación en su base presupuestaria, ni aumento en la inversión de su política económica, destinando en consecuencia los mismos recursos económicos que conciernen al Instituto de Educación Física 9-016 “Dr. Jorge E. Coll” como institución formadora, incluida en la partida presupuestaria de la Educación Superior Provincial.