Los integrantes de la comisión de Turismo y Deporte de la Cámara de Diputados, que preside Giuliana Díaz (UCR), analizaron en su reunión de tablas, una iniciativa de Mauricio Torres (CM-FRUP), que busca la adhesión de la provincia de Mendoza a la Ley Nacional 27.665, la que declara al montañismo “como actividad de interés deportivo, cultural y socio recreativo en todo el territorio nacional, reconociendo su influencia y aporte positivo en las tareas de explotación científica, ambiental, educativa y de desarrollo humano”.
En esta oportunidad, los miembros de la comisión para seguir estudiando este proyecto se reunieron de manera presencial y online con Mauricio Bianchi y Patricio Arbelo de la Federación Andinistas Argentinos; Zulma Canuto, del Club Andino Sosneado y Club Montañes Pire; Betiana Cano del Club Andino San Carlos; Juan Carlos Coria y Carlos Marevof, representado a la Fundación Piedra Libre, Club de Escalada Valle de Uco, y Agrupación de Montaña Los Chicos del Monte; Raul Nahim del Club Deportivo Calhue ; Federico Dávila y Romina Perea, del Club Grupo Sinergimn; por el Club Unión Austral Mendoza CUAM, Facundo Urbina; por la Escuela de Guías de Alta Montaña y Trekking, Guillermo Fuentes; y por la Asociación Argentina de Guías Profesionales de Montaña, Leandro Villegas.
Todos los representantes de estas asociaciones dieron su visto bueno al proyecto considerando en líneas generales que es positivo para nuestra provincia, contar con el acceso a la montaña, “hoy tenemos alrededor de 600 kilómetros de cordillera que los mendocinos no conocen, porque no tienen acceso”, y sostuvieron que “es derecho de todos disfrutar de nuestros espacios naturales, no sólo hablamos de un desarrollo turístico, recreativo o comercial, sino que beneficia al desarrollo humano”.
“Tenemos la voluntad de colaborar con la provincia, en la parte formativa y en todo lo que requieran para que la adhesión a la ley nacional de montañismo sea una realidad”
El proyecto de ley plantea que las autoridades Municipales o Provinciales, por iniciativa propia o a propuesta de organizaciones de la comunidad, ciudadanos o asociaciones de montañismo, podrán designar “Sectores de Uso Deportivo”, estos espacios de montaña utilizados a lo largo de los años, para realizar las prácticas deportivas asociadas al montañismo.
Además expresa que el montañismo “se considera un deporte liberal, pudiendo ejercerse en forma autónoma o asociada, respetando en cualquier circunstancia la preservación del medio donde se ejerce; la idiosincrasia de los habitantes, sus creencias religiosas y culturales; las reliquias fósiles y arqueológicas; la vida propia y de los demás, adoptando una conducta colaborativa en la medida de lo posible”.
También, que las autoridades responsables sean las encargadas de “velar por la preservación de estos principios; así como denunciar y sancionar, en la medida de su competencia, a aquellos deportistas que no los respeten”.
Asimismo, se invita a los municipios a adherir a la ley, dictando normas en tal sentido y dando cumplimiento a la designación de los sitios y espacios de uso deportivo.
Torres afirmó que esta ley “es el resultado del trabajo de andinistas argentinos, integrantes de organizaciones y clubes a lo largo y a lo ancho de todo el territorio argentino”
“La importancia de que exista una ley que regule la actividad radica en garantizar que la misma se desarrolle entorno a principios rectores, tales como el cuidado del medio ambiente; el respeto de la cultura, hábitos e idiosincrasia de los habitantes del lugar; así como de las reliquias fósiles y arqueológicas”, subrayó.