Analizan en Salud iniciativa sobre plazos de habilitación a establecimientos sanitarios

La comisión de Salud, que preside Daniel Llaver (UCR), inició el estudio de un proyecto de Paola Calle (FdT) que promueve modificar el Artículo 4to de la Ley 5532, de habilitación de establecimientos sanitarios en la provincia. Para ello, recibió a Guillermo Szismas, titular de la Cámara de Discapacidad de Mendoza Asociada –, quien pidió por una reglamentación similar a otras provincias con renovación de habilitaciones cada 5 años, entre otros puntos.

“La Cámara nuclea a las instituciones que prestan servicio a las personas con discapacidad. La Ley es diferente en cada provincia, en Mendoza las renovaciones son breves, la habilitación es por tres años y se debe volver a revisar”, dijo Szismas durante la reunión.

Puso como ejemplo a la ciudad de La Plata, “donde el vencimiento es cada cinco años, pero lo que se controla es lo que tiene vencimiento. Nosotros no estamos en contra de los controles, al contrario, pero estamos obligados a presentar todo de nuevo, toda la documentación cada tres años”, agregó.

Señaló al respecto que “el proceso de habilitación y categorización, desde que comienza el trámite hasta que se firma la resolución por parte del Ministerio de Salud, pasan nueve meses. Por ello pedimos además, una prórroga por seis meses, automática”, al momento del vencimiento de la habilitación.

“Estamos a favor del control, de hecho en nuestra Cámara sólo hay socios habilitados y categorizados. Queremos el control, pero pedimos que de alguna forma se solucione esto, que haya auditorías periódicas, y que no nos pase de estar seis meses con una habilitación vencida. La habilitación por cinco años permite mayores controles y auditorías periódicas. Porque por más que acá sea tres años, de nada sirve si en el medio no se controla”.

Actualmente la ley 5532, en su artículo primero queda definido a qué se considera establecimiento prestador de salud, y los regímenes existentes para poder ser habilitados. “Asimismo, establece en su artículo 4° que la habilitación consiste en la aprobación, control y cumplimiento de los requisitos obligatorios que estipula la ley y su reglamentación, para que un establecimiento de servicios de salud pueda funcionar en relación con la actividad específica”, explica Calle en la fundamentación de su proyecto.

Agrega que la normativa provincial establece que “la habilitación es de carácter obligatorio y se otorgará por un plazo máximo de tres años, al cabo de los cuales se deberá solicitar su renovación con tres meses de anticipación”. En base a esto, “la modificación que planteamos es en respuesta a la necesidad manifestada por los actuales efectores de estos establecimientos”, expresa, subrayando que sería bueno tomar “la buena experiencia de otras provincias con plazo de 5 años, eliminando así la demora en otorgar la habilitación/renovación”.

El titular de Ca.Di.Ma, sintetizó sobre el planteo que lo que solicitan es “que se active una prórroga por seis meses para ir presentando la documentación y que la renovación en lugar de tres, sea de cinco años”.

El proyecto de Ley, plantea modificar la Ley 5532 en su artículo 4to, estableciendo que “la habilitación consiste en la aprobación, control y cumplimiento de los requisitos obligatorios que estipula la presente ley y su reglamentación, para que un establecimiento de servicios de salud pueda funcionar en relación con la actividad específica. La habilitación será obligatoria, de control periódico y se renovará cada cinco (5) años. Con una prórroga automática de seis (6) meses si el trámite de la renovación se inició durante los tres (3) meses antes del vencimiento”.

Desde la comisión continuarán analizando el proyecto, en tanto que a propuesta de Daniel Llaver, se invitará a próximos encuentros a “los encargados del organismo que son quienes están ejerciendo las habilitaciones, a la Junta y a quienes nos indiquen desde el Ministerio para debatir el tema”.


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