La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside Jorge Difonso (UP), recibió a Diego Ozollo, presidente de la Cámara Empresaria de Agroquímicos y Afines de Mendoza, a Javier Palau, presidente del Centro de Viñateros del Este, y a Mauro Sosa, del Centro de Viñateros y Bodegueros del Este, entre otros, para continuar el estudio sobre un proyecto de Ley, con media sanción del Senado, por el cual se modifica el Régimen para la fabricación y comercialización de productos agroquímicos, en el articulado referido a la “receta agronómica”.
La media sanción que se encuentra bajo análisis, plantea una modificación al Artículo 13 de la Ley 5.665, estableciendo que “los profesionales Ingenieros Agrónomos matriculados serán quienes deberán emitir la prescripción técnica con receta agronómica archivada, de todos los agroquímicos y productos domisanitarios clasificados como clases toxicológicas I a y I b (banda roja) – Extremadamente y Altamente peligrosos, respectivamente”.
En este marco, Ozollo agradeció la invitación y remarcó que hay que conocer en profundidad de qué se trata esta receta. “Ocurre que muchos concurren a los negocios agroquímicos y dicen necesitar algo para “el bicho””, con lo cual da a entender que el agricultor no conoce qué está afectando al cultivo y tampoco tiene conocimiento el ingeniero agrónomo sobre qué administrar porque no está in situ, en el lugar; con lo cual no se puede hacer un diagnóstico acertado.
“El mal uso de los agroquímicos puede acarrear cosas que pueden ser complejas para la salud” indicó Ozollo, e hizo hincapié en la responsabilidad, ya que “un profesional se hace responsable de algo que ni siquiera ha visto”; por lo tanto, los dos puntos más complejos para el ingeniero agrónomo son, justamente, el hacerse responsable por algo que no ve, y por otro lado, al no estar presente en la aplicación del producto, tampoco puede hacerse responsable de la dosis que rocía el agricultor.
En la mesa concordaron en que la aplicación de la receta, “es empezar a ordenarnos”; aunque resaltaron que es necesario conocer la reglamentación de la legislación para que la aplicación de la Ley sea lo suficientemente efectiva en el uso práctico. Desde la comisión aclararon que es difícil que puedan conocerse estos datos con antelación pero que siempre la búsqueda es no sobrecargar al productor con nuevas tareas, aunque debe hacerse la actividad con responsabilidad.
También sostuvieron en la charla que es necesario reforzar los controles sobre la mercadería que se comercializa, fortaleciendo la regulación y las inspecciones en los lugares de venta de grandes volúmenes, como por ejemplo las ferias. Es allí donde aleatoriamente puede tomarse una muestra del producto, mandar a analizar y que los resultados se obtengan lo más rápido posible, para asegurarse de que los cultivos a la venta no tengan niveles elevados o prohibidos de agroquímicos que ya se encuentran regulados. Insistieron en conocer la trazabilidad, también.
En definitiva, consideraron que la aplicación de la receta agronómica es una buena medida aunque debe estar acompañada de otras acciones que faciliten las acciones en pos de mejorar los cultivos, en potenciar el comercio, fortalecer las economías regionales y en profesionalizar las decisiones que se toman en el ámbito de la producción, toda vez que un agrónomo/a pueda realizar diagnóstico de las plantaciones y trabajar en conjunto con el agricultor.
Se explayaron, asimismo, sobre las diferencias con otras economías del país y cómo realizan las aplicaciones en otras zonas, ya que son llevadas a cabo por empresas que están “auditadas y certificadas”. Resaltaron que han logrado que el sistema funcione bien, y que buscan en Mendoza funcionar de manera similar; “encuadrarnos dentro de la Ley”, es sumamente necesario “y es un tema muy importante”, resaltaron.
El proyecto en sí, propone la modificación del artículo 13 de la Ley 5665. La propuesta establece disponer que “los Ingenieros Agrónomos que dependan de las empresas de venta, uso y movimiento de agroquímicos, deberán prescribir sin costo alguno, la receta agronómica a los productores agropecuarios que demanden estos productos. La autoridad de aplicación definirá en la reglamentación un cronograma de implementación del presente artículo priorizando la inmediatez en función de la clase tóxica. Inicialmente coexisten dos formas de emisión técnica, el formato denominado físico o en papel y el formato electrónico o digital”.
En el mismo sentido, menciona en la fundamentación que “si bien está vigente la Ley provincial de Agroquímicos, Ley Nº 5.665, sancionada en el año 1991, se hace necesario adaptarla a la época que vivimos con todos los cambios científicos y tecnológicos”.
El expediente continuará bajo estudio en la comisión.