La comisión de Salud de la Cámara de Diputados, que preside Daniel Llaver (UCR) recibió a representes del Sindicato Único de Guardavidas y Afines de la República Argentina (SUGARA) dentro del marco del tratamiento del Proyecto de Ley, con media sanción del Senado, que establece pautas para el ejercicio de la profesión de Guardavidas en la provincia de Mendoza.
Estuvieron presentes en la reunión de tablas, Facundo Herrada, Luis Gómez – ambos de SUGARA Mendoza – y Mariano Errio, quienes coincidieron al señalar la necesidad de contar con un marco legal que contemple su actividad.
El diputado Llaver, por su parte, manifestó que “ya existe una Ley Nacional de orden público, sancionada en 2015 y reglamentada en el 2021 que estipula y garantiza todos los reclamos a los que se hace referencia”.
Aclaró que esta legislación nacional “no necesita adhesión provincial porque es de orden público, lo que significa que está en plena vigencia en nuestra provincia”.
Los legisladores integrantes de la comisión instaron a los invitados a “organizarse y reclamar por estos derechos vigentes en los distintos lugares de trabajo” y que “mantengan reuniones con representantes de la Subsecretaría de Deportes y de la Subsecretaría de Trabajo para analizar las disposiciones” plasmadas en la Ley que “regula la formación y ejercicio del trabajo de la profesión de guardavidas, incorporando presupuestos básicos y elementales que deben cumplirse en todo ambiente acuático”.
Los reclamos de los guardavidas apuntaron a las condiciones laborales en las que desarrollan su tarea, los horarios y la “poca cantidad de profesionales presentes en horas picos en natatorios y también durante fines de semana y vacaciones”.
La Ley de Ejercicio Profesional de Guardavidas establece obligaciones y derechos del trabajador guardavidas, y la formación y habilitación para actuar como tales.
A su vez, en su articulado especifica las obligaciones del empleador y la creación del Registro Nacional Público de Guardavidas.
La norma entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (Decreto 260/2021) y el Ministerio de Trabajo de la Nación como autoridad de aplicación, quedó facultado “para dictar las normas complementarias y/o aclaratorias que resulten necesarias para su efectiva aplicación”, según señala el Decreto.
No obstante la comisión continuará trabajando en el tema en próximos encuentros.