El proyecto del Poder Ejecutivo para desarrollar este Parque en el departamento de Malargüe, será abordado por las comisiones de Economía y de Hacienda y Presupuesto de Diputados, a partir del próximo lunes.
Las comisiones de Economía y de Hacienda y Presupuesto, que presiden Guillermo Mosso (DF) y Jorge López (UCR), respectivamente, iniciarán el próximo lunes 22, a las 10, el análisis del proyecto de Ley remitido por el gobierno provincial por el cual se pretende crear el Parque Industrial y de Servicios Pata Mora, en Malargüe.
Por esta iniciativa, se autoriza al Poder Ejecutivo a transferir los bienes expropiados por Ley 9136 y modificatorias – donde se asentará el Parque Industrial – al Fideicomiso para el Desarrollo de Malargüe y del Polo Logístico y de Servicios Pata Mora, el que podrá administrar el parque como así también realizar las obras de infraestructura necesarias para su desarrollo y la posterior venta, locación, cesiones o permisos de parcelas, tanto a sujetos privados como públicos.
Asimismo se lo autoriza, a través del Ministerio de Economía y Energía que será la autoridad de aplicación, a realizar aportes al Fideicomiso que permitan el desarrollo del Proyecto.
En la fundamentación de la iniciativa, se resalta la importancia que este Parque tendrá para el sur mendocino, y la participación de Potasio Río Colorado. “Para la implementación del Parque Industrial y de Servicios Pata Mora resulta de suma importancia la participación de la empresa Potasio Río Colorado S.A, sociedad anónima con participación estatal mayoritaria que posee dos inmuebles de 80.000 hectáreas a menos de 30 kilómetros de la zona expropiada por la Ley 9136”, señala el texto.
Además, resalta que “detenta una infraestructura capaz de albergar y alimentar a más de 3000 personas, habiéndose habilitado el mismo como un Polo Logístico para las empresas de servicio que desarrollan sus emprendimientos comerciales en el sur provincial”.
Exención impositiva
El proyecto de Ley incorpora un artículo en el que se establece que “las operaciones que realice el Fiduciario en cumplimiento de la manda fiduciaria, así como las operaciones que realicen los terceros adquirentes de los inmuebles que forman el patrimonio del fideicomitido, e incluso tales bienes, estarán exentos del pago de impuestos provinciales”.
Para ello, dispone incorporar como inciso 13, del artículo 87 del Código Fiscal (que señala que “están exentos de impuestos, salvo expresa disposición en contrario”), el siguiente texto: “El fiduciario del Fideicomiso para el Desarrollo de Malargüe y del Polo Logístico y de Servicios Pata Mora y los terceros que adquieran inmuebles o derechos sobre estos, en lo referente a su actuación en el parque aludido”. Y agrega el articulado del proyecto que cuando se considere conveniente para el desarrollo del Parque, “se admitirá como contraprestación por la venta de unidades, la realización de obras de infraestructura y servicios por quienes resulten adjudicatarios de unidades o por terceros que éstos pudieran subcontratar.