Despacho favorable a modificar la Ley de Arraigo de Puesteros

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside Emiliano Campos (UCR), dio despacho favorable a una iniciativa de Emiliano Fugazzotto (PV), por el cual se modifica el artículo 1 de la Ley 9297, estableciendo que a los efectos previstos por el artículo 39 de la Ley 6.086, se amplía hasta el 31 de Diciembre de 2.024 la suspensión de los procesos iniciados, cualquiera fuera su estado, incluidos aquellos que se encuentren en ejecución de sentencia.

En los fundamentos del proyecto, que fue modificado durante el tratamiento en la comisión, su autor señala que “en Noviembre de 1.993 fue sancionada la Ley 6.086, comúnmente conocida como de “Arraigo de Puesteros”, que establece en su artículo 39 la, “suspensión por dos (2) años de todo proceso de desalojo, títulos supletorios, cuya finalidad sea la modificación de situaciones de ocupación efectiva, tenencia, o determinación de derechos, sobre los inmuebles de dominio privado del Estado o de particulares, incorporados o que se incorporen en el futuro al programa previsto en la presente ley, cualquiera sea su estado, aun cuando se hallen en trámite de ejecución de sentencia”.

Dado que desde su sanción no se ha regularizado “la situación dominial de muchos puesteros que poseen en precario la tenencia de las tierras a las que la Ley refiere, los plazos que establece  dicho artículo han sido prorrogados en sucesivas ocasiones hasta hoy”, añade.

En esa línea, agrega Fugazzotto que “el espíritu de la Ley de Arraigo tiene por objeto y fines la solución de una parte importante de las debilidades estructurales de uno de los grupos constituyentes de la población rural dispersa. Su articulado ha establecido pormenorizadamente las vías y los métodos para lograr el cometido prometido, sin embargo hasta el presente se han dado diversas dificultades para su consecución”.

En su mayoría, atañe a familias de crianceros radicados en cercanías de Malargüe y San Rafael, “que por generaciones ocupan tierras fiscales o nunca reclamadas. Pero, en general, los pobladores carecen de títulos que acrediten su propiedad”, explica el legislador.

En ese sentido, durante el tratamiento en comisión, los diputados señalaron también que “la Ley original tenía un plazo de caducidad que se ha ido corriendo porque no se ha logrado tener registrado a todos esos puesteros. Si bien no es lo ideal prorrogar la caducidad de estas leyes, se hace necesario porque no se ha logrado el objetivo”.


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