Media sanción a modificar la Ley de Arraigo de Puesteros: prórroga hasta diciembre de 2024

La Cámara de Diputados dio media sanción a una iniciativa de Emanuel Fugazzotto (PV), por el cual se modifica el artículo 1 de la Ley 9297, estableciendo que a los efectos previstos por el artículo 39 de la Ley 6.086, se amplía hasta el 31 de Diciembre de 2.024 la suspensión de los procesos iniciados, cualquiera fuera su estado, incluidos aquellos que se encuentren en ejecución de sentencia.

En los fundamentos del proyecto, que fue modificado durante el tratamiento en la comisión, su autor señala que “en Noviembre de 1.993 fue sancionada la Ley 6.086, comúnmente conocida como de “Arraigo de Puesteros”, que establece en su artículo 39 la, “suspensión por dos (2) años de todo proceso de desalojo, títulos supletorios, cuya finalidad sea la modificación de situaciones de ocupación efectiva, tenencia, o determinación de derechos, sobre los inmuebles de dominio privado del Estado o de particulares, incorporados o que se incorporen en el futuro al programa previsto en la presente ley, cualquiera sea su estado, aun cuando se hallen en trámite de ejecución de sentencia”.

Dado que desde su sanción no se ha regularizado “la situación dominial de muchos puesteros que poseen en precario la tenencia de las tierras a las que la Ley refiere, los plazos que establece  dicho artículo han sido prorrogados en sucesivas ocasiones hasta hoy”, añade.

En esa línea, agrega Fugazzotto que “el espíritu de la Ley de Arraigo tiene por objeto y fines la solución de una parte importante de las debilidades estructurales de uno de los grupos constituyentes de la población rural dispersa. Su articulado ha establecido pormenorizadamente las vías y los métodos para lograr el cometido prometido, sin embargo hasta el presente se han dado diversas dificultades para su consecución”.

En su mayoría, atañe a familias de crianceros radicados en cercanías de Malargüe y San Rafael, “que por generaciones ocupan tierras fiscales o nunca reclamadas. Pero, en general, los pobladores carecen de títulos que acrediten su propiedad”, explica el legislador.

En ese sentido, durante el tratamiento en el recinto, Fugazzotto indicó que esta ley “se sanciona para poder garantizar la permanencia en la tierra de puesteros y puesteras que durante muchos años, inclusive cientos de años, han estado generación por generación, trabajando con actividades de pastoreo, de crianza y con actividades de bajo impacto, y que han tenido reconocimiento mundial por la implicancia cultural que tienen”.

Agregó que “hoy dar esta media sanción es apenas dar un consuelo ante el difícil momento y situación que están viviendo crianceros y crianceras, puesteros del sur de nuestra provincia”, pero “les da una garantía jurídica”.

En tanto, el diputado José Luis Ramón (Protectora), manifestó que “creo que es una oportunidad tratar sobre la base de estos proyectos”. Subrayó que es reconocer a las familias de puesteros y crianceros del departamento de Malargüe y destacó la actitud del diputado Fugazzotto que es quien “año tras año viene proponiendo la prórroga”.

“Son personas que producen, que trasladan la tradición”, manifestó, y comentó que en la comisión de Derechos y Garantías se recibieron planteos de abogados, puesteros y sus representantes que han expuesto situaciones dadas en los momentos en los que estos productores realizan la veranada de los animales.

Por su parte, el diputado Bruno Ceschín (FdT) expuso que esta iniciativa “es el mal menor”, pero que “sería ilógico no acompañar el proyecto que estamos tratando, porque es en beneficio de tantas familias mendocinas que están pasando por una situación que es lamentable y suspender la ejecución de sus propiedades creo que es algo que todos estamos de acuerdo que debemos apoyar”.

En tanto, Mercedes Llano desde el bloque Demócrata, adelantó su voto negativo expresando que “seguimos dilatando en forma sistemática la adopción de una solución y seguimos afectando los derechos de la propiedad, quedamos a la espera para el debate de un proyecto que busque alternativas de fondo para el caso de las tierras fiscales y que en el caso de tierras particulares actúe, en su caso, la justicia”.

En tanto, Emiliano Campos, del bloque de la Unión Cívica Radical, manifestó que “esta ley fue sancionada 1993 y tres años después fue reglamentada por el decreto 524/96. Luego de eso hubo diez prórrogas”.

Agregó que “si nosotros no prorrogamos esta Ley los juicios que están en camino van a poder ser ejecutados, y los que van a ser perjudicados no van a ser las empresas, no los que alambraron, sino que van a ser justamente los puesteros”.


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