La comisión Especial de Género y Erradicación de la Trata de Personas continúa analizando la iniciativa que busca modificar el Régimen de Licencias de la Policía

Integrantes de la comisión Especial de Género y Erradicación de la Trata de Personas, que preside Giuliana Díaz (UCR), continuó analizando un proyecto de Cecilia Rodríguez (UCR), que plantea la modificación de la Ley nº 7.493 referida al Régimen de Licencias y Permisos del Servicio Penitenciario y de la Policía de Mendoza. La iniciativa se centra en las licencias especiales por razón de violencia contra la mujer en los términos de la Ley N° 26.485, fundamentalmente.

En esta ocasión, participó del encuentro Paula Vetrugno quien está diplomada en Género e Igualdad, y que trabaja hace años en el Instituto Universitario de Seguridad Pública (IUSP), y es directora de la Diplomatura en Género de esa institución.

Al consultarla sobre la situación, Vetrugno manifestó que “hay muchos estereotipos de género en estas áreas (fuerzas de seguridad)”, algo sobre lo que hay que trabajar. Tras realizar un repaso sobre la historia de la fuerza con datos a nivel nacional y provincial, manifestó que los primeros registros del ingreso de mujeres a los cuerpos policiales se remontan a 1947 en la policía bonaerense, aunque “se trataban de ingresos esporádicos”.

Hizo hincapié en que “las primeras mujeres que entraron lo hicieron para hacer de comer o limpiar”, y que luego las incorporaciones a la “brigada femenina” con desempeño de actividades “operativas”, fue significativo “dado que fue la primera fuerza en América Latina en cambiar la monopolización institucional del sexo masculino”.

En términos históricos provinciales, la profesional indicó que “el 21 de marzo de 1955 se crea el curso de policía femenina, dependiente de la división Institutos”, y reseñó que “el instrumento legal por el cual se plasmó la incorporación de aspirantes femeninas a la institución policial fue por medio de la Resolución 6203/55”.

A medida que pasaron los años, el inconveniente que se vivió fue que muchas de las mujeres que ingresaban “no podían casarse, tener hijos y eso lo firmaban. Lo debían mantener durante toda su carrera”, a lo que sumaron en la mesa que “la maternidad” era un gran impedimento para esas mujeres también.

Hoy “no hay mujeres en el GES”, se señaló, a lo que acotaron en la charla que en términos generales, del 100% de quienes ingresan a la fuerza actualmente 70% son hombres y 30% son mujeres.  En esa línea, Vetrugno manifestó que se están realizando diplomaturas, capacitaciones, para ahondar en estos temas y cambiar ciertos aspectos del pensamiento. “Trabajamos en las herramientas que les damos desde la institución”, enfatizó.

En relación a las denuncias, afirmaron que violencia de género y violencia institucional son las que más se repiten, y la profesional aseguró que la Inspección General de Seguridad es quien dispone de esos números que pueden consultarse a través de la página web.

Según la fundamentación del proyecto en estudio, “es importante contemplar que las efectivos penitenciarias que padecen violencia de género, en muchos casos deben recurrir a vías alternativas para justificar la tardanza, cambio de destino y/o ausentismo laboral, por lo que el presente proyecto busca evitar, que situaciones laborales que viven diariamente en relación a sus tareas aumenten o perjudiquen aún más las que ya se encuentran sufriendo”.

Agrega al respecto que “teniendo en cuenta que la violencia de género es inherente al sistema social, cultural, económico, político y jurídico vigente, y que por ello afecta todos los ámbitos cotidianos de la vida, este proyecto de ley estipula que en los casos debidamente acreditados, requisito cumplido con la presentación de la denuncia policial o judicial a recursos humanos, la misma deberá de dar marcha al acompañamiento que les permita afrontar a las efectivos penitenciarias en mejores condiciones, tan difícil situación”.

De la misma manera, Rodríguez sostiene que “la víctima tendrá derecho según corresponda a la reducción de la jornada, o la reordenación del tiempo de trabajo o del lugar de prestación del servicio, o la justificación de inasistencias o faltas de puntualidad, o al otorgamiento de una licencia remunerada, cuando así lo determine la autoridad de aplicación”, y agrega que “además de la licencia, desde el momento en que la víctima de violencia contra la mujer, pone en conocimiento de tal situación, la misma tendrá derecho a ser informada de todas las instituciones y/o áreas públicas sean de gestión provincial o municipal de acompañamiento, asesoramiento, seguimiento y contención a fin de poder acceder de a cualquiera de ellas de manera gratuita e inmediata y así contar con la intervención de equipos Interdisciplinarios especializados en la prevención, atención y asistencia a las víctimas de violencia”.


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