La Cámara de Diputados, por mayoría de votos, convirtió en Ley una iniciativa propuesta por el Poder Ejecutivo que forma parte del paquete de leyes para el Plan Provincial de Salud, que establece que la instalación, habilitación y control de seguridad, calidad y funcionamiento de los dispositivos emisores de radiaciones ionizantes en la Provincia de Mendoza deberán ajustarse a las disposiciones pertinentes de la Ley nacional nº 17.557, su Decreto Reglamentario 6320/98 y modificatorios.
El objetivo, es garantizar “el adecuado nivel de seguridad radiológica, mediante el cumplimiento de las premisas de la protección radiológica que son: justificación de las prácticas y procedimientos, optimización y limitación de las dosis. Se incluye el control de equipos, instalaciones y procedimientos en materia de radiaciones ionizantes, en cualquiera de sus expresiones, de tal forma de prevenir riesgos para la salud de trabajadores, pacientes y público en general, garantizando además la seguridad del entorno laboral, público y ambiental próximo a ese tipo de equipos, instalaciones y/o servicios”.
Según se afirma en los considerandos del proyecto “existen sistemas efectivos y accesibles para una medición precisa de la radiación a la que son sometidos estos agentes por operar equipos rayos X, de modo que pueden tomarse medidas más efectivas para su protección”.
En línea con ello, organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Comisión Internacional de Protección Radiológica han recomendado controles y medidas de prevención basados en la medición efectiva e individual de dosis de radiación ionizante recibida. Esta recomendación ha sido incorporada por la República Argentina en la Ley Nacional nº 17557, específicamente en los artículos 21 a 31 de su Decreto Reglamentario 6320/1968, así como por la Autoridad Regulatoria Nuclear en la Norma Básica de Seguridad Radiológica, agrega la fundamentación.
En resumen, los considerandos expresan que el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo tiene la finalidad de que Mendoza haga suyas las disposiciones pertinentes en la legislación nacional “y dicte su propia reglamentación, sustituyendo el régimen legal de la Ley nº 4.966, cuya derogación se propone”. Asimismo, se resalta que “una regulación, como la propuesta, mejora las potencialidades de los trabajadores, como así también, genera una mejor y más productiva utilización del recurso humano en aras de un mejor servicio por parte de las autoridades públicas y del sector privado”. Por lo tanto, “se propugna un nuevo enfoque orientado a una más eficiente y precisa protección de la salud de los trabajadores sin necesidad de reducir su jornada laboral, evitando limitar innecesariamente sus posibilidades laborales sin desmedro de la salubridad de la actividad”.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud y Deportes, quien deberá supervisar la aplicación de la legislación “en todo el territorio provincial, sancionar los incumplimientos, determinar responsables por la tenencia, aplicación y manejo de los dispositivos emisores de radiaciones ionizantes, disponer sistemas de control de esa emisión, establecer sistemas de dosimetría personal de los agentes y/o trabajadores sometidos a dichas radiaciones, efectuar la habilitación de establecimientos e instalaciones emisoras de radiación y llevar un registro de las habilitaciones otorgadas”, entre otras.
Sobre las infracciones a la Ley, el articulado establece que se seguirá el procedimiento de acuerdo a lo dispuesto por la Ley nº 9003 (Procedimiento Administrativo. Administración Pública. Justicia); “y las infracciones se sancionarán según la gravedad de acuerdo con las prescripciones del artículo 4° de la Ley n° 17.557 y su reglamentación”. Las multas “podrán graduarse entre 5 y 500 Unidades Fijas (U.F.) establecidas anualmente por la Ley Impositiva en vista del Código Contravencional (Ley 9099)”.
Finalmente, es importante destacar que el articulado establece que “los laboratorios, empresas o instituciones que presten el servicio de dosimetría personal en el control de radiaciones ionizantes, participen en ejercicios de intercomparación, al menos bienales organizados por ARN, Ministerio de Salud de la Nación o en ejercicios periódicos equivalentes que sean organizados por una institución reconocida internacionalmente cumpliendo con los requisitos y límites de desempeño de la Norma IRAM- ISO 14146-02 “Protección Radiológica” o la que a posterior la sustituya o reemplace”. Se deroga además por la presente normativa, la Ley nº 4966 del año 1984 (Régimen para el personal que maneja rayos ionizantes).
Debate
Durante el tratamiento en el recinto, el diputado Gabriel Vilche (PRO), sostuvo que “en los últimos 40 años hemos presenciado un avance continuo en todo lo inherente a tecnología sanitaria, y es necesario dar continuidad al plan estratégico y realizar una reorganización tendiente a la optimización del recurso tanto económico como humano del sistema sanitario”.
Además realizo un repaso del articulado e hizo hincapié sobre todo, en los referidos a la protección de los trabajadores que operen estos equipos, y el control que se establece para laboratorios e instituciones, al menos bienales, “con organismos nacionales, en donde se contrastarían los resultados obtenidos en la provincia con organismos que cuenten con las normas ISO. Esto, de alguna manera, va a dar más garantías para que aquellas mediciones que se realicen en la provincia realmente sean validadas por organismos nacionales competentes”.
Finalmente indicó que resultaría en “una mejora en la eficacia de nuestro sistema sanitario”, y agregó que “no hay presentados estudios con rigor científico fehaciente que demuestren que lo que hoy estamos por votar podría convertirse en una amenaza real y demostrable para quienes hoy son el orgullo de nuestra provincia, que es el personal sanitario”.
Enrique Thomas (PRO) también se expresó a favor de la iniciativa. Subrayó que “no existe un sólo antecedente en todo el mundo en donde el método para disminuir los riesgos de la radiación, de gente que trabaja cerca de estos equipos, tenga como estrategia licencias especiales o disminución del horario de trabajo, esto no existe”, señalando asimismo que “organismos internacionales como la OMS, la comisión internacional de protección radiológica y la OIT, se han expedido específicamente sobre este tema de radiaciones ionizantes y no contemplan en ninguno de sus trabajos ni de sus guías prácticas, este método de un horario reducido o de una licencia especial, de una pausa para que esto evite un hipotético riesgo para trabajar sobre estos equipos”.
Por otro lado el diputado José Luis Ramón (CyC), adelantó su voto negativo opinando que “esta Ley no está en consonancia con la legislación internacional”, aseguró que “es anticonstitucional”, y que los Rayos que emiten estas máquinas “afectan la salud de las personas que operan los servicios de rayos X”. “Cuando hablamos del derecho de los trabajadores y las trabajadoras, es algo serio”, dijo, agregando que “el derecho de los trabajadores no se puede vilipendiar”.
De igual manera, Roxana Escudero (PJ) votó por la negativa indicando que “cuando se trata de valores supremos como la salud y la integridad física de las personas, las leyes no pueden” ir “en desmedro de los mismos”. En esa línea, sostuvo que “no podemos presumir que por falta de evidencia científica, las pausas laborales no son necesarias. Además, constitucionalmente, ninguna Ley puede menoscabar, restringir o limitar derechos laborales adquiridos”.
Por su parte, Germán Gómez (PJ) manifestó que “en el proyecto de Ley deberíamos haber previsto una norma de transición para ver cómo están los distintos hospitales y efectores afectados a la salud pública, donde hacemos uso de estos aparatos sumamente modernos y que requieren una tecnología específica para la funcionalidad”, y subrayó que “vamos en contramano a lo que ha resuelto la República Argentina”.
También en ese sentido se expresó Mauro Giambastiani (PV) quien adelantó el voto negativo de su bancada por “la derogación que implica de los derechos de los radiólogos”. Aseguró al respecto que hay “falta de control. Tiene que pasar un evento especial para que haya control. No se puede seguir avanzando en este tipo de legislación, seguiremos peleando por los derechos de trabajadores de la salud”.
En tanto, Rolando Scanio (LUM), quien se refirió al proyecto indicando que “ser técnico radiólogo es un trabajo insalubre”, aspecto “que no se ha tenido en cuenta”, adelantó el voto negativo del interbloque Pidió en ese sentido, más tiempo para abordar el proyecto para tener mayor información, porque “no hay licencia social de los trabajadores de la salud con respecto a este tema”.