Comenzó el análisis de las leyes Orgánica del Servicio Penitenciario y la Dirección de promoción y control de liberados

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside Franco Ambrosini (UCR), inició el estudio de dos de los proyectos que forman parte del paquete de leyes de Seguridad: la Ley Orgánica del Servicio Penitenciario y la Dirección de Promoción y Control de Liberados.

A la reunión, de la que participaron también senadores, fueron invitados el director General del Servicio Penitenciario, Eduardo Orellana, y la subdirectora Alejandra Llarena.

Ley Orgánica del Servicio Penitenciario

Según explicó Orellana, la Ley actual data de 2009. Al momento de entrar en vigencia la norma existían solo cuatro complejos penitenciarios con una población penal total de 2.674 internos.  Actualmente, Mendoza “cuenta con 23 establecimientos penitenciarios, 6700 personas alojadas y en consecuencia, es necesario solicitar que orgánicamente se rediseñe el esqueleto de funcionamiento” del sistema.

Es decir, “se ha quintuplicado la cantidad de unidades, al tiempo que se ha triplicado la cantidad de internos”

En esa línea, dijo que la provincia “es el quinto sistema penitenciario del país” y que por tanto “necesita un nuevo diagrama, un nuevo recorrido. Esta Ley busca reducir la burocracia en el sistema”. Además, afirmó que no implica un nuevo costo en materia de recursos financieros destinado al recurso humano “sino que lo que hace es una redistribución de los recursos, mejora la carrera penitenciaria”.

En la fundamentación de la iniciativa, se resalta que “resulta necesario una ley orgánica para el Servicio Penitenciario de Mendoza, desde que de un tiempo a esta parte, se ha expandido la cantidad de metros cuadrados del Servicio Penitenciario tanto como la cantidad de internos, con lo cual se espera que esta reforma permita adecuar la ley vigente para maximizar la operatividad y funcionalidad de todo el servicio”.

Agrega al respecto que esta propuesta apunta a reorganizar “orgánicamente el servicio, contemplando un cambio significativo en la estructura penitenciaria, equilibrando las necesidades de los internos y su relación con cada establecimiento, la combinación de instalaciones edilicias, los recursos tecnológicos y de estructura, la dotación y especialización del personal designado en función de velar por la integridad física y la adaptación al régimen de las PPL (personas privadas de la libertad)”.

“La norma es ordenadora de los distintos sistemas que interactúan en la administración penitenciaria, que deben estar presentes en la labor cotidiana como son la: seguridad – salud – educación - tratamiento y asistencia. Permite al servicio realizar agrupamientos eficaces en orden con las necesidades de seguridad de las PPL y de la ciudadanía en general, reforzando los controles y el seguimiento para evitar que la cárcel favorezca núcleos delictivos afectando desde allí a la sociedad”, añade el texto.

Asimismo, sostiene la fundamentación que esta Ley facultaría a la Dirección General del Servicio Penitenciario a realizar la clasificación de las personas privadas de la libertad teniendo en cuenta las distintas variables que se presentan como ser: procesados y penados, hombres y mujeres, madres con hijos, diversidad de género, mayores, jóvenes adultos, estadíos, ejecución de las penas, nivel de adaptación por antecedentes de conflictos carcelarios, franja etaria, resguardo de la integridad física, ex funcionarios de fuerzas de seguridad, enfermedades contagiosas o crónicas, y “demás situaciones que conlleven una correcta y oportuna disposición, teniendo como objetivo claro el establecer prisiones equilibradas y seguras”.

Todo esto favorece los planes estratégicos de abordaje y tratamientos diseñados, agrega, “priorizando para ello el desarrollo de conductas y habilidades positivas tendientes a la resocialización, estimulando climas de convivencia estables y seguros para todas las partes”.

Sobre este punto, Orellana destacó que “trabajamos en la reinserción social. El primer vínculo al que se va a reinsertar, es la familia, que tiene un protagonismo muy fuerte”. Por eso,  “muchos desarrollan algún oficio dentro de la cárcel, ellos elaboran productos que su familia comercializa en la vía pública, ayudan a la economía de su familia. Además, crea otro vínculo para el proceso de pre libertad. Son un número muy grande dentro del sistema. Están dando dentro de la prisión, alimento a su familia. Tenemos cerca de mil personas trabajando así”.

Promoción y control de liberados

Asimismo, fue abordado este proyecto que vinculado a la Dirección específica, cuyo ámbito de aplicación serán los liberados con dependencia de la Justicia Provincial salvo que exista convenio entre el Poder Ejecutivo Provincial y autoridades Nacionales o de otras Provincias.

Es una institución dedicada a la contención y reinserción social de personas liberadas o bajo libertad condicional, regímenes de excarcelación, condenas de ejecución condicional, entre otros, y su principal objetivo “se relaciona con evitar la reincidencia delictiva de los sujetos alcanzados, a través del control, monitoreo, tratamiento y asistencia, promoviendo así a la seguridad pública”.

En general a través de esta Dirección “se ejercen tareas de supervisión y tutela, que suponen el acompañamiento al liberado en su proceso de inserción social trabajando con su adaptación, orientando al tutelado respecto a su participación en educación o capacitación laboral, entre otras tareas”, señala la fundamentación.

Al respecto, tanto Orellana como Llarena indicaron que “tal como funciona hoy, es un modelo obsoleto, no sirve que venga una persona de Lavalle a firmar un libro acá, cuando a veces no tiene ni para el pasaje.  De esta manera de manejaría por región, con personal penitenciario”, al que “se le asignarían zonas según un mapeo en zonas monitoreadas”.

De hecho, en el articulado, el proyecto señala que el Oficial de Libertad Vigilada será seleccionado entre personal penitenciario en actividad o en situación de retiro, que reúna las condiciones establecidas en la Ley de Personal del Servicio Penitenciario de Mendoza.

Actualmente en la provincia hay cerca de tres mil personas que se encuentran bajo el control de esta Dirección, entre personas en libertad condicional y asistida, personas en prisión domiciliaria, personas bajo el sistema de ejecución condicional, entre otras.

Se trata de un “cambio de paradigma de pasar de un sistema pasivo, que exigía que el liberado se presentara y rindiera cuentas ante la Dirección, a uno activo, donde es la Dirección la que va a buscarlo y controlarlo donde esté. Para ello, se crea la División de Control y Seguimiento. De esta División dependerá el “Oficial de Libertad Vigilada”, agentes responsables del control y vigilancia de los liberados bajo competencia de este organismo”, afirman.

Entre sus funciones se destaca: verificar la información recepcionada, datos personales, domicilio y arraigo del liberado, controlar el cumplimiento de las condiciones de libertad dispuestas en la resolución judicial, controlar la asistencia del liberado a su trabajo y/o programa de asistencia y tratamiento, y controlar el cumplimiento de las tareas comunitarias dispuestas por resolución judicial, entre otras funciones. También se regula legalmente la posibilidad de utilizar sistemas de seguridad inteligente para un control más efectivo de los liberados.

“Sería dar un paso más, lo post penitenciario. Dejaríamos de lado el papel, los autos, y pasaría ser supervisado por estas personas que residan en el lugar”, indicaron los funcionarios, agregando que “se está desarrollando una aplicación que permitirá conocer en tiempo y espacio que el liberado y el que lo va a controlar se encontraron en tal lugar y el informe pertinente”.

 


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