Despacho favorable al proyecto de Ley Orgánica del Servicio Penitenciario

La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, que preside Franco Ambrosini (UCR), dio despacho favorable al proyecto de Ley Orgánica del Servicio Penitenciario, que busca reorganizar el servicio y adaptarlo a las transformaciones que ha tenido a lo largo de los últimos años.

Tal como señala la fundamentación de este proyecto que forma parte del paquete de once leyes de Seguridad, “resulta necesario una Ley Orgánica para el Servicio Penitenciario de Mendoza, desde que de un tiempo a esta parte, se ha expandido la cantidad de metros cuadrados del Servicio Penitenciario tanto como la cantidad de internos, con lo cual se espera que esta reforma permita adecuar la Ley vigente para maximizar la operatividad y funcionalidad de todo el servicio”.

Agrega al respecto que esta propuesta apunta a reorganizar “orgánicamente el servicio, contemplando un cambio significativo en la estructura penitenciaria, equilibrando las necesidades de los internos y su relación con cada establecimiento, la combinación de instalaciones edilicias, los recursos tecnológicos y de estructura, la dotación y especialización del personal designado en función de velar por la integridad física y la adaptación al régimen de las PPL (personas privadas de la libertad)”.

“La norma es ordenadora de los distintos sistemas que interactúan en la administración penitenciaria, que deben estar presentes en la labor cotidiana como son la: seguridad – salud – educación - tratamiento y asistencia. Permite al servicio realizar agrupamientos eficaces en orden con las necesidades de seguridad de las PPL y de la ciudadanía en general, reforzando los controles y el seguimiento para evitar que la cárcel favorezca núcleos delictivos afectando desde allí a la sociedad”, añade el texto.

El diputado Alberto López (UCR), quien fundamentó el proyecto durante la reunión de la comisión, señaló que se trata de una “iniciativa muy importante que refuerza el eje de conducción”, subrayando además que “el sistema penitenciario todo el tiempo se está transformando y los cambios que se han producido en los últimos 15 años, requieren de una modificación de la Ley Orgánica”.

Según se explica, esta Ley facultaría a la Dirección General del Servicio Penitenciario a realizar la clasificación de las personas privadas de la libertad teniendo en cuenta las distintas variables que se presentan como ser: procesados y penados, hombres y mujeres, madres con hijos, diversidad de género, mayores, jóvenes adultos, estadíos, ejecución de las penas, nivel de adaptación por antecedentes de conflictos carcelarios, franja etaria, resguardo de la integridad física, ex funcionarios de fuerzas de seguridad, enfermedades contagiosas o crónicas, y “demás situaciones que conlleven una correcta y oportuna disposición, teniendo como objetivo claro el establecer prisiones equilibradas y seguras”.

Todo esto favorece los planes estratégicos de abordaje y tratamientos diseñados, “priorizando para ello el desarrollo de conductas y habilidades positivas tendientes a la resocialización, estimulando climas de convivencia estables y seguros para todas las partes”.

De acuerdo al texto legislativo, la actual Ley que regula el servicio penitenciario data de 2009, y muchos de los aspectos que contemplaba sobre la estructura “han quedado obsoletos con el transcurso del tiempo, especialmente en vista del crecimiento de la población penal en los últimos años y la creación de nuevas dependencias. Para entonces no se contaba con alcaidías, centros de alojamiento y complejos como los hoy existentes”, lo que ha generado “una discrepancia entre la normativa vigente y la realidad de la organización de los establecimientos penitenciarios”.

Al momento de entrar en vigencia aquella Ley (7976) existían solo cuatro complejos penitenciarios: “Boulogne Sur Mer”, “San Felipe”, “Almafuerte”, el  Complejo Penitenciario Nº IV “San Rafael” y dos Colonias Penales (Lavalle y San Rafael), con una población penal total de 2.674 internos.

En la actualidad la cifra asciende a 23 unidades., a los que se suma como Unidad 8, la “Prisión Domiciliaria” existiendo en total de 607 personas privadas de libertad, detenidas bajo esta modalidad. “Es decir, se ha quintuplicado la cantidad de unidades, al tiempo que se ha triplicado la cantidad de internos ascendiendo a seis mil trescientos cuarenta y siete (6.347). Es decir que en la Provincia existen un total de seis mil novecientos cincuenta y cuatro (6.954) PPL”.

El proyecto de Ley, contempla aspectos como la misión y conformación del Sistema Penitenciario; las funciones y estructura orgánica de la Dirección General del Servicio, así como los principios generales de las Direcciones Principales como la de Asistencia y Tratamiento, la de Seguridad, Administración, la Dirección Principal del Organismo Técnico Criminológico, y de las Direcciones Regionales del Servicio Penitenciario.

Asimismo, contiene principios generales respecto a los Establecimientos Penitenciarios, como los complejos y los centros de alojamiento, alcaidías transitorias y unidades penitenciarias.

Entre otras disposiciones incluidas en esta normativa, se encuentra la sustitución del capítulo 1 del Título II y el Artículo 191° de la Ley N° 8465, estableciendo que el Sistema Penitenciario de la Provincia de Mendoza estará compuesto por el Servicio Penitenciario Provincial; la Dirección de Promoción y Control de Liberados; la Procuración de las Personas Privadas de la Libertad; la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y la Inspección General de Seguridad, las que no obstante se regirán por sus leyes específicas.

 


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