HABITAT RURAL

Fondo Provincial de Financiamiento del Programa Desarrollo del Habitat Rural
{mosimage} Diputados produjo modificaciones en el proyecto de ley por el cual se crea el Fondo Provincial de Financiamiento del Programa de Desarrollo del Habitat Rural y envió el despacho en segunda revisión al Senado para su consideración.
Dicho Fondo tiene por objeto atender la demanda habitacional de personas que residan o decidan radicarse en zonas rurales productivas de la Provincia. Será administrado por el Instituto Provincial de la Vivienda.
En el artículo 3ro. se menciona como se integran los recursos para el cumplimiento del Programa, su financiamiento, el recupero de los créditos y los fondos que provengan del sector financiero privado o estatal.

Los programas a financiar estarán adaptados a cada región o zonas de los oasis productivos de Mendoza, acordando la implementación con los municipios respectivos. Serán invitados los Municipios a adherir a la presente ley. Los programas a establecer por el IPV estarán destinados principalmente a la compra de terreno, urbanización, construcción, ampliación, refacción y reparaciones de viviendas rurales individuales..
Finalmente se especifican las condiciones para acceder a los créditos. Para determinar las zonas rurales de cada departamento se tendrá en cuenta la zonificación municipal o tipo de actividad desarrollada en un lugar determinado.


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