Continúa en estudio la modificación a la Ley de ejercicio de la profesión de la óptica técnica

La comisión de Salud, que preside Daniel Llaver (UCR), continuó con el análisis del proyecto que busca modificar la Ley 6321 sobre ejercicio de la profesión de la óptica técnica. La iniciativa es de Juan Pablo Gulino (PJ), y para avanzar en el tema, los diputados recibieron al director de Infraestructura y Habilitaciones, Fernando Dotto, y al presidente de la Cámara de Ópticos, Raúl Videla.

Según se indicó durante el encuentro, la actual legislación ha quedado  desactualizada. Dicha Ley que data de 1995, necesita ser aggiornada no sólo por los nuevos avances tecnológicos sino también porque incluso ahora existe una Ley de habilitación de establecimientos relacionados con la salud.

Este proyecto, está relacionada con esa nueva ley y todos los lineamientos “están direccionados a cumplir la parte de salud de una óptica, como por ejemplo, tener un técnico habilitado mientras esté la óptica abierta, como responsable de lo que se vende”, teniendo en cuenta que hoy se venden lentes en kioscos, farmacias, comercios en general, indicaron.

“Entonces, tiene que haber un técnico óptico, una regulación para habilitar la óptica para que cumpla con las regulaciones de salud. A eso se apunta y es lo que está sucediendo en el resto del país”, acotaron.

Por otra parte, quienes participaron de la reunión coincidieron en la necesidad de establecer un texto que busque fijar los requisitos básicos como para partir desde ahí, a regular la actividad, pero dejando para la reglamentación los aspectos más específicos.

“Hay aspectos que necesitan una revisión de la norma por eso, entiendo que es necesario como para tener una base de dónde partir”, expresaron los invitados, quienes agregaron que se trata de una modificación de forma, de “reorganizar la Ley, dejando los detalles para la reglamentación”.

El proyecto bajo estudio surge como iniciativa de la Cámara de Ópticas de Mendoza (CADOME). Según explica su autor, “la legislación vigente data del año 1995, y es donde se centra la necesidad de actualizar el campo de actuación de la profesión, considerando los avances tecnológicos principalmente, que impactan en la praxis”.

Entre los puntos centrales de la normativa se destaca la necesidad de contar con profesionales idóneos, más precisamente un técnico óptico matriculado para la prestación del servicio y de contar con la aparatología y materiales necesarios para una tarea responsable.

“Todas estas acciones tienen como objetivo de impacto preservar la salud visual de los y las mendocinas, regulando los requisitos de las casas de ópticas. Estas, cumplen un rol central y es necesario que desempeñen su función desde una perspectiva profesional, ética y comercial. La visión es uno de los sentidos más dominante en nuestras vidas, preponderante en la interacción comunicación, aprendizaje, etc.”, destaca el texto.

Asimismo, hace hincapié en que “la indebida prescripción y comercialización de un anteojo puede llevar a daños irreparables en la visión de una persona” y, en relación a ello, expresa que “en el último tiempo se han intensificado las acciones y denuncias por parte de la Cámara exponiendo el crecimiento ilegal de las ópticas que trabajan de forma clandestina, por fuera del marco normativo vigente. La comercialización indebida y callejera de armazones de sol, anteojos sin filtros UV o lentes de contacto que se venden por diversos medios; son otra de las situaciones que se alertan constantemente”.


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